N° 30614/19 Aviso del Boletín Oficial
ALCHEMY SOCIEDAD GERENTE DE FONDOS COMUNES DE INVERSION S.A.
Texto del aviso
ALCHEMY SOCIEDAD GERENTE DE FONDOS COMUNES DE INVERSION S.A.
Por la presente se informa que se ha resuelto la cancelación sin liquidación por inactividad de Alchemy Sociedad
Gerente de Fondos Comunes de Inversión S.A., con sede social en Bouchard 547, 12º piso, Sector “A”, CABA,
inscripta en la IGJ el 27/03/2017 bajo el número 5625 del Libro 83, Tomo -, de Sociedad por Acciones. Las
siguientes personas: (i) Paulo Francisco Belluschi, DNI 18.367.612, con domicilio en Virrey Loreto 1712, piso 11,
CABA; Sergio Pablo Butinof, DNI 17.625.271, con domicilio en Ombú 2924, CABA; y Sebastián Kohan Miller, DNI
20.493.264, con domicilio en Barrio Santa Bárbara, Lote 164, General Pacheco, Prov. de Bs. As. (todo ellos en
carácter de socios y directores titulares); (ii) Juan Martín Alarcón, DNI 21.483.973, con domicilio en Williams 1809,
Tigre, Prov. de Bs. As.; y Carolina Cinque de Achaval, DNI 22.653.681, con domicilio en Perón 7245, Benavidez,
Prov. de Bs. As. (todos ellos en carácter de directores titulares); (iii) Fernando Guillermo Álvarez, DNI 14.407.427,
con domicilio en Ramón Freire 2140, Piso 12°, CABA; Rodolfo Daniel Venegas, DNI 14.418.153, con domicilio en
Av. Santa Fe 953, Piso 2º “D”, Acassuso, Prov. de Bs. As.; Mariano César Nader, DNI 25.257.150, con domicilio
en Florida 868, Piso 4º “H”, CABA (todos ellos en carácter de síndicos titulares); y (iv) Jorge Alberto Roperti, DNI
14.769.408, con domicilio en Rafael Hernández 3021, CABA; Juan Pablo Martínez, DNI 22.862.775, con domicilio
en Echeverría 5628, CABA; y Diego Ariel Fernández, DNI 27.814.818, con domicilio en Av. de Mayo 1260, Piso 10°
“G”, CABA (todos ellos en carácter de síndicos suplentes), otorgaron el instrumento de cancelación pertinente (art.
193 y ss., RG IGJ 7/2015) en fecha 27/03/2019 por escritura pública Nº 137 pasada al folio 427 del Registro Notarial
222 a cargo del escribano público Bernardo Mihura de Estrada, Matrícula 4669. Se hace saber que los otorgantes,
en carácter de declaración jurada, asumen responsabilidad ilimitada y solidaria —con renuncia, respecto de los
socios, a invocar el régimen de responsabilidad y en su caso el beneficio de excusión correspondientes al tipo
social adoptado— por las eventuales obligaciones que pudieran haber sido contraídas por cualquiera de aquellos,
aun en violación al régimen de administración y representación establecidos legal y/o contractualmente. Autorizado
según instrumento público Esc. Nº 137 de fecha 27/03/2019 Reg. Nº 222
Pablo Agustín Legon - T°: 69 F°: 113 C.P.A.C.F.
e. 07/05/2019 N° 30614/19 v. 07/05/2019