N° 30068/19 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO FEDERAL DE RÍO CUARTO
Texto del aviso
JUZGADO FEDERAL DE RÍO CUARTO
SECRETARÍA CIVIL Y COMERCIAL
El Juzgado Federal de Río Cuarto, Secretaría Civil y Comercial, comunica por tres (3) días en los autos
caratulados: “RUIZ, Walter David y Otro c/ DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD y OTROS S/ACCIONES REALES
- reinvindicatoria-confesoria-posesoria - Expte. FCB 51190001/2010”, que se ha dictado la siguiente resolución:
Río Cuarto, 29 de Noviembre de 2011.
Al escrito que antecede: Por evacuada la vista por el Sr. Procurador Fiscal Federal. Consecuentemente, provéase
la presentación de Fs. 151/157 y 159. Téngase al Dr. Fabián Miguel FLORIT por presentado, por parte en el carácter
invocado, a mérito del poder que en copia juramentada rola a Fs. 135/136 y con el domicilio legal constituido.
Téngase por iniciada la presente demanda en contra de los Sres. Pedro ARIAS, María Ventura ARIAS, Adelmo
Sixto ARIAS, María Catalina ARIAS y del ESTADO NACIONAL – DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD, a la que se
imprimirá el trámite previsto por el Código de Forma para el Juicio Ordinario. Córrase traslado a los accionados de
la demanda entablada en su contra y de la documentación acompañada, por el término de SESENTA (60) DIAS,
-cfme. art. 338 segundo párrafo del Código Procesal-, a efectos que en dicho plazo comparezcan, contesten
la demanda interpuesta y ofrezcan la prueba que haga a su derecho, todo bajo apercibimiento de ley. A tal fin
líbrese la correspondiente Cédula Ley 22.172 para el Sr. Pedro ARIAS y oficio al Estado Nacional –a tenor de lo
prescripto por la Ley 3952-con copia de Fs. 1/160. Respecto de María Ventura ARIAS, Adelmo Sixto ARIAS, María
Catalina ARIAS, ignorándose el domicilio de los nombrados, conforme lo manifestado al punto I de Fs. 151 y
Vta., publíquense edictos por el término de TRES (3) DIAS en el Boletín Oficial y en el diario de mayor circulación
a nivel nacional, todo ello de conformidad con lo dispuesto por los arts. 145, 146 y 147 del C.P.C.C.N. Téngase
presente para su oportunidad la prueba ofrecida. Fíjase la tasa de justicia en las presentes actuaciones en la
suma de PESOS SESENTA Y NUEVE CON SETENTA CENTAVOS ($ 69,70.-) importe que deberá hacer efectivo
la actora dentro del término de cinco (5) días de notificada, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 11
de la Ley 23.898. Asimismo, hágase saber al letrado actuante que deberá ingresar el importe correspondiente
a los aportes colegiales y previsionales dispuestos por las Leyes Provinciales Nro. 5805 y 6912. NOTIFIQUESE
PERSONALMENTE O POR CEDULA. Fdo. Roberto L. VOLLENWEIDER, Juez Federal Ad Hoc
CARLOS ARTURO OCHOA Juez - MARTIN FERNANDO ZEMMA SECRETARIO DE JUZGADO
e. 06/05/2019 N° 30068/19 v. 08/05/2019