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N° 29942/19 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 25

Edictos Judiciales REMATES JUDICIALES martes, 7 de mayo de 2019

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 25

SECRETARÍA NRO. 50

El Juzgado Nacional de 1ra Inst. en lo Comercial Nº25 del Dr. Horacio F. Robledo, Secretaría Nº50, a mi cargo,

Callao 635, 4to piso, comunica por 2 días en autos: “CREDIAHORA SRL s/QUIEBRA”, Exp. 24.323/15, que el

Martillero Miguel A. M. Soaje (CUIT 20-07602877-0) subastará el 17 de Mayo a las 11 horas en la Sede de la calle

Jean Jaures 545 de esta Ciudad, el vehículo marca Chevrolet, modelo ASTRA GL 2.0, año 2009, dominio HVM

242, en el estado en que se encuentra y que se exhibe los días 14, 15 y 16 de Mayo de 14 a 16 en el garaje sito

en la calle Piedrabuena 3880 de esta Ciudad. Esta venta se realiza AL CONTADO Y AL MEJOR POSTOR, BASE

$ 90.000 + IVA, SEÑA 30%, COMISION 10% + IVA, Y ARANCEL 0,25%, todo en dinero en efectivo en el acto de la

subasta, debiendo el comprador constituir domicilio en la Capital Federal. El saldo de precio deberá ser abonado

dentro del quinto día de aprobado el remate en el Banco del a Cuidad de Buenos Aires, sucursal Tribunales, a la

orden del Juzgado y como perteneciente a estos autos. Los gastos que se devenguen en concepto de honorarios,

sellados, impuestos y otros –aún aquellos que pudieren estar a cargo de la parte vendedora- que tengan directa

vinculación con las transferencias de dominio a realizarse oportunamente a favor del adquiriente en pública

subasta, incluyendo entre otros, las diligencias tendientes a la inscripción registral del bien, al levantamiento de

medidas cautelares o cancelación de prendas, estarán a cargo exclusivamente del comprador. Las deudas por

impuestos, tasas y contribuciones anteriores al decreto de falencia deberán ocurrir por la vía y forma prevista por

el art. 32 y sgtes. de la L.C.; las deudas posteriores al decreto de quiebra y hasta la fecha de la toma de posesión

del eventual adquiriente se solventarán con el producido de la subasta, y las que se originen con posterioridad

a la posesión a cargo del adjudicatario. Serán inoponible cualquier incidente de todo tipo y naturaleza por parte

de los eventuales adquirientes sin previo pago (depósito) oportuno de la integridad del precio de venta del bien.

Se hace saber a los compradores que: a) las sumas a abonar serán depositadas en el Banco Ciudad de Bs. As.,

Suc. Tribunales; b) será a cargo de los compradores el pago de IVA, debiendo denunciar su condición frente a la

alícuota; c) estará a cargo del comprador el pago de IVA en relación a la comisión del martillero. Se hace saber

a los interesados que, a los fines de tomar conocimiento de las condiciones de venta, deberán concurrir por

secretaría a consultar las constancias del expediente. Queda prohibida la compra en comisión ya la cesión del

boleto de compraventa. Buenos Aires, 3 de Mayo de 2019.- HORACIO FRANCISCO ROBLEDO Juez - FEDERICO

HERNAN CAMPOLONGO SECRETARIO

e. 06/05/2019 N° 29942/19 v. 07/05/2019