N° 32706/19 Aviso del Boletín Oficial
ARRABALERA S.A.
Texto del aviso
ARRABALERA S.A.
informa que en Asamblea General Extraordinaria celebrada el 15 de abril de 2019, se resolvió la modificación
del objeto social, quedando redactado el Artículo Segundo de los estatutos sociales de la siguiente manera:
“Artículo 2: La sociedad tiene por objeto dedicarse por cuenta propia, de terceros y/o asociada a terceros, en
el país y en el extranjero, a las siguientes actividades: CONSTRUCCIÓN: estudiar, proyectar, dirigir, construir,
refaccionar, restaurar, desarrollar, comercializar mediante la contratación de los profesionales habilitados para
cada profesión, inmuebles y/o proyectos urbanísticos e inmobiliarios, obras civiles, de ingeniería y/o arquitectura,
de carácter público o privado, en propiedades unipersonales o consorciales, de vivienda, comerciales, industriales,
agrícola y/o ganaderas, adquirir y enajenar de cualquier modo todos los implementos, mercaderías, materiales,
máquinas y herramientas que fueren utilizables en la construcción, refacción o restauración, realizar todo tipo de
construcciones y obras a través de contrataciones directas o de licitaciones, para la construcción, refacción y
mantenimiento de viviendas, plantas industriales, edificios, con facultad para afectarlas al Régimen de Propiedad
Horizontal, y cualquier otro trabajo o actividad relacionada al ramo de la construcción.- Cuando las normas así
lo requieran, deberá estar al frente del establecimiento profesional con título universitario habilitante, debiendo
asimismo dar cumplimiento al objeto social por intermedio de profesionales en la disciplina que se trate con
título habilitante otorgado por autoridad competente; INMOBILIARIAS: Compra, venta, permuta, locación,
arrendamiento, administración, explotación, comercialización e intermediación inmobiliaria, de inmuebles propios
o de terceros, urbanos, suburbanos, rurales, terrenos, campos, fraccionamientos, subdivisión de tierras y su
BOLETÍN OFICIAL Nº 34.113 - Segunda Sección 4 Martes 14 de mayo de 2019
urbanización y loteo, administración de sus ventas, organización y administración de consorcios de propietarios y
todo tipo de operaciones comprendidas en la Ley 13.512 de Propiedad Horizontal y toda otra clase de operaciones
inmobiliarias relacionadas con la actividad de la construcción; FINANCIERAS: Mediante el financiamiento de
negocios, otorgamiento de créditos con o sin garantía real, depósitos o caución de valores, compraventa de
títulos públicos o privados, acciones y otros valores mobiliarios nacionales o extranjeros. La sociedad no realizará
operaciones de las comprendidas en la Ley de Entidades Financieras ni aquellas para las cuales se requiera
el concurso público. MANDATARIA: Realizar en beneficio de terceros y/o contratada por terceros, gestiones y
labores de desarrollo constructivo, urbanístico y/o comercialización de inmuebles. A tal fin la sociedad tiene
plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones y ejecutar todos los actos que no se
encuentren expresamente prohibidos por las leyes o por este estatuto; COMERCIAL: Mediante la compra, venta,
alquiler, consignación, permuta, concesión, comercialización, leasing, fideicomiso, representación, u otro tipo de
negociación sobre bienes muebles e inmuebles; maquinarias, accesorios, repuestos, automotores; mediante la
importación y exportación, transformación, distribución o cualquier otra forma lícita de explotación comercial
e industrial de bienes de consumo o de capital, que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social,
pudiendo actuar incluso como proveedora del Estado Nacional, Provincias, Comunas y de cualquier tipo de
empresa estatal, entidad autárquica, nacional o extranjera. Autorizado según instrumento privado ACTA DE
ASAMBLEA de fecha 15/04/2019
DOLORES MARIA NAZAR MARZARI - T°: 116 F°: 145 C.P.A.C.F.
e. 14/05/2019 N° 32706/19 v. 14/05/2019