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N° 33102/19 Aviso del Boletín Oficial

CSI LEASING DE ARGENTINA S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS miércoles, 15 de mayo de 2019

Texto del aviso

CSI LEASING DE ARGENTINA S.A.

Constitución. 1) CSI LATINA FINANCIAL Inc., CDI 30-71642279-4, sede social Avenida de Mayo 1161, piso 4,

departamento 7, de la CABA; sociedad Constituida en Delaware, Estados Unidos de América, inscripta según

art. 123 Ley 19550, en IGJ el 31/05/2006, Nº 788 Lº 58 Tomo B, de Estatutos Extranjeros, representada por

su representante legal. Y CSI LEASING Inc., CDI 30-71642281-6, sede social Avenida de Mayo 1161, piso 4,

departamento 7, de la CABA; sociedad Constituida en Delaware, Estados Unidos de América, inscripta según

art. 123 Ley 19550, en IGJ el 31/05/2006, Nº 790 Lº 58 Tomo B, de Estatutos Extranjeros, representada por su

representante legal. 2) Escritura 529 del 7-5-2019, folio 1638 del Registro notarial 284 de la CABA. 3) CSI LEASING

DE ARGENTINA S.A. 4) Avenida de Mayo 1161, piso 4, departamento 7, de la CABA. 5) La Sociedad tiene por

objeto principal celebrar contratos de leasing en calidad de dador de conformidad con la legislación aplicable

que se encuentre vigente en materia de contratos de leasing; y, como objeto secundario, realizar toda operación

crediticia en forma independiente o asociada a terceros, a personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, sea

en el país y/o en el extranjero. En tal sentido, en relación a su objeto social principal, la Sociedad queda facultada

para la realización de las siguientes actividades, siendo una descripción meramente enunciativa: (a) realizar todo

tipo de operaciones de leasing, tanto operativo como financiero, mobiliario o inmobiliario (b) dar en leasing cosas

muebles e inmuebles, título valores, marcas, patentes o modelos industriales, software y/o todo otro bien o cosa

de cualquier clase especie o naturaleza que las disposiciones legales permitan en el presente o en futuro, sean

propios, adquiridos, o que estén a su disposición por cualquier título que le permita constituir leasing sobre él; (c)

adquirir en el exterior mediante operaciones de importación cosas y/o bienes de cualquier naturaleza destinadas

a la industria, comercio, transporte, empresas de servicios, agropecuarias, de consumo y cualquier otra actividad

que el tomador del leasing utilice exclusivamente con esa finalidad; (d) percibir las rentas, cánones y alquileres de

las cosas o bienes dados leasing, así como también percibir el precio de venta (valor de plaza o valor residual) de

las cosas o bienes enajenados a través de los contratos de leasing que formalice; (e) realizar cualquier otro contrato

relacionado directa o indirectamente con las cosas o los bienes de cualquier clase, especie o naturaleza que

tengan por finalidad la entrega en leasing de los mismos. Adicionalmente, la Sociedad podrá, celebrar contratos

de asesoramiento, asistencia o consultoría en materia de leasing, asuntos financieros y/o crediticios, convenios

o acuerdos de referenciación o comisión, agencia, mandato, representación, joint venture o de cualquier otra

naturaleza similar o asimilable con el propósito de promover, desarrollar, impulsar o difundir las operaciones de

leasing o de financiamiento propias o de terceros, en alguna de las modalidades previamente indicadas, ceder

o descontar a favor de terceros los créditos, financiaciones o valores indicados en el párrafo anterior con o sin

recurso, actuar como, fiduciante, fiduciario, beneficiario, organizador y/o estructurador de fideicomisos y como

emisor, organizador, asesor y/o estructurador de productos de mercado de capitales que tengan como objeto

la securitización o el financiamiento de operaciones de leasing o crediticias propias o de terceros en alguna

de las modalidades previamente indicadas, incluyendo la autorización para contraer empréstitos en forma

pública o privada, mediante la emisión de debentures y obligaciones negociables y cualquier otro instrumento

de conformidad con la legislación vigente. Asimismo, la Sociedad podrá realizar cualquier acto y/o llevar adelante

cualquier actividad complementaria, accesoria, conexa o conducente para la consecución del objeto principal

y secundario descripto en este artículo. La Sociedad no participará en ninguna operación que, conforme la ley

21.526 y sus modificatorias y/o complementarias, corresponda exclusivamente a entidades financieras o que

implique recurrir al ahorro público; en particular, la Sociedad no podrá bajo ninguna circunstancia: (a) recibir

depósitos de dinero de cualquier naturaleza, con o sin intereses; o (b) realizar cualquier acto que puede implicar la

intermediación entre la oferta y la demanda de recursos financieros. La Sociedad no podrá realizar ninguna de las

actividades para las cuales se requiera título profesional de conformidad con la Ley de Ejercicio de las profesiones

relacionadas con las Ciencias Económicas N° 20.488. 6) 99 años. 7) $ 4.500.000. 8) Directorio de 1 a 5 titulares,

pudiendo la asamblea elegir igual, mayor o menor número de suplentes. Término: 3 ejercicios. Presidente: Esteban

Horacio CANALE, Director Titular: Sebastián CASTELLUCCI, Director Suplente: Santiago CORNU LABAT. Todos

constituyen domicilio especial en la sede social. 9) al Presidente o al Vicepresidente en su caso. 10) 31/12 de cada

año Autorizado según instrumento público Esc. Nº 529 de fecha 07/05/2019 Reg. Nº 284

Enrique Fernandez Moujan - Matrícula: 4009 C.E.C.B.A.

e. 15/05/2019 N° 33102/19 v. 15/05/2019