N° 33218/19 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO FEDERAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 2
Texto del aviso
JUZGADO FEDERAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 2
SECRETARÍA NRO. 5 LOMAS DE ZAMORA-BUENOS AIRES
Por ante este Juzgado de Primera Instancia en lo Criminal y Correccional Federal Nº 2 de Lomas de Zamora,
interinamente a mi cargo, sito en la calle Laprida Nº 662 de esta ciudad, Secretaría Nº 5, a cargo del Dr.
Maximiliano A. L. Callizo, tramita la Causa Nº FLP 101692/2017, caratulada “Gerez, Nahuel Jordán s/ falsificación
de documentación automotor” en la que se resolvió citar a Nahuel Jordán Gerez, titular del D.N.I Nº 38.585.597,
quien deberá comparecer ante estos estrados el día viernes 24 de mayo del corriente, a las 10.00 horas, a los fines
de prestar declaración indagatoria en los términos del artículo 294 del Código Procesal Penal de la Nación, ello
bajo apercibimiento de declarar su rebeldía y ordenar su detención, de conformidad a lo normado por los artículos
288, 289 y concordantes del Código Procesal Penal de la Nación. COMO RECAUDO LEGAL SE TRANSCRIBE EL
AUTO QUE ORDENA LA MEDIDA: “//mas de Zamora, 6 de mayo de 2019. Por recibido el informe que antecede,
agréguese y téngase presente. En cuanto a la indagatoria solicitada por la Sra. Fiscal Federal, existiendo mérito para
ello, desígnese audiencia para el día viernes 24 de mayo del corriente, a las 10.00 horas, a los efectos que Nahuel
Jordán Gerez, titular del D.N.I Nº 38.585.597 comparezca ante estos estrados a los fines de prestar declaración
a tenor de lo normado por el artículo 294 del Código Procesal Penal de la Nación. A fin de dar cumplimiento a lo
dispuesto precedentemente, sin perjuicio de la averiguación de paradero solicitada por la Dra. Cecilia Incardona
y habida cuenta lo normado por el artículo 150 del Código Procesal Penal de la Nación, publíquense edictos en
el Boletín Oficial, por el término de cinco días, haciendo saber que el nombrado deberá hacerse presente en
esta sede judicial, en la fecha y hora antes sindicada, a los efectos de prestar declaración indagatoria, ello bajo
apercibimiento de declarar su rebeldía y ordenar su detención -artículos 288, 289 y concordantes del Código
Procesal Penal de la Nación-. Notifíquese.” Fdo. Juan Pablo Augé -Juez Federal- Ante mí: Maximiliano A. L. Callizo
-Secretario Federal-. Juan Pablo Augé Juez - Maximiliano A. L. Callizo Secretario Federal. Juan Pablo Augé Juez
- Maximiliano A. L. Callizo Secretario Federal
e. 16/05/2019 N° 33218/19 v. 22/05/2019