N° 41174/2014 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 24
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 24
SECRETARÍA NRO. 47
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N° 24, a cargo de la Dra. Hualde, Paula M., Sec. 47,
a cargo del Dr. Medina, Santiago, sito en Marcelo T. de Alvear 1840 PB, CABA, comunica por 2 días que se
ha dictado sentencia de fecha 28 de diciembre de 2018, en los autos caratulados “Consumidores Financieros
Asociación Civil para su Defensa c/ Viajes Falabella S.A. s/ Ordinario” (Expte. N° 41174/2014) que homologa el
acuerdo de fecha 14 de septiembre de 2018 al que han arribado las partes. En virtud del mismo, se hace saber que
a todos los clientes y ex clientes que hubieran contratado servicios turísticos ofrecidos por Viajes Falabella S.A.
en los periodos mensuales correspondientes a los 4 años anteriores a la promoción de la presente demanda,
abonándolos con tarjeta de crédito y en cuotas con interés, que se les reintegrará la diferencia entre la tasa de
interés cobrada por Viajes Falabella y la tasa pasiva anual promedio del Banco Central de la República Argentina al
momento de la celebración del contrato, conforme lo establecido en el art. 36 de la LDC, con más los intereses a la
tasa activa cartera general de préstamos nominal anual vencida a 30 días del Banco de la Nación Argentina, desde
la fecha en que cada suma fue percibida y hasta la efectiva devolución de la misma. El reintegro de la diferencia,
con más sus intereses se realizará a partir del quinto día de finalizada la publicación de edictos, a los clientes que
hubieran abonado el cargo cuestionado y en la medida del mismo, en forma personal y en efectivo en los Stand
de Viajes cuya ubicación se encuentra publicada en la página web de Viajes Falabella S.A. pudiendo requerirse el
pago durante el plazo de 5 años contados a partir de la homologación del acuerdo. Se hace saber, asimismo, que
BOLETÍN OFICIAL Nº 34.117 - Segunda Sección 88 Lunes 20 de mayo de 2019
conforme lo prevé el art. 54 de la Ley de Defensa del Consumidor 24.240, el presente acuerdo no resulta oponible
a todos aquellos clientes y ex clientes de Viajes Falabella que no deseen ser abarcados por el acuerdo que motiva
esta publicación y que lo manifiesten por escrito en el juzgado donde tramitan estas actuaciones, dentro de los 60
días corridos desde la fecha de la última publicación de edictos en el Boletín Oficial. Buenos Aires, 16 de mayo de
2019 PAULA MARIA HUALDE Juez - Santiago Medina Secretario
e. 17/05/2019 N° 33979/19 v. 20/05/2019