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N° 34531/19 Aviso del Boletín Oficial

LISTO TECNOLOGÍA ARGENTINA S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS lunes, 20 de mayo de 2019

Texto del aviso

LISTO TECNOLOGÍA ARGENTINA S.A.

Comunica su Constitución: según Escritura Pública Nº 503, del 10/5/2019, Registro 698 C.F., se constituye la

sociedad Listo Tecnología Argentina S.A. Accionistas: (i) “Listo Solutions Limited” una sociedad constituida y

existente conforme las leyes de Inglaterra y Gales, con domicilio constituido en Tucumán 1 piso 4º, Ciudad de

Buenos Aires, CDI Nº 30-71643020-7 inscripta en el Registro Público en los términos del art. 123 LGS el 5.4 2019

bajo el Nº 551; Lº 62; Tº B de sociedades constituidas en el extranjero y (ii) “Listo Midco Solutions Limited” una

sociedad constituida y existente conforme las leyes de Inglaterra y Gales, con domicilio constituido en Tucumán 1

piso 4º Ciudad de Buenos Aires, CDI Nº 30-71643019- 3, inscripta en el Registro Público en los términos del art.

123 LGS el 5.4.2019 bajo el Nº 556, Lº 62, Tº B de sociedades constituid as en el extranjero. Denominación: Listo

Tecnología Argentina S.A.; Sede: Tucumán 1, piso 4º Ciudad Buenos Aires; Plazo: 99 años. Objeto: ARTÍCULO 3º:

Tiene por objeto desarrollar por cuenta propia y/o de terceros o asociada con terceros, en la República Argentina

o en el exterior, las siguientes actividades: (i) desarrollo y licenciamiento de programas de software (sea por

encargo o no, a medida o no, embebidos o insertados, o de cualquier otro tipo); (ii) soporte técnico, manutención,

tratamiento de datos y otros servicios de aplicación y hosting de internet; (iii) desarrollo de portales web; (iv)

desarrollo de plataformas o aplicaciones informáticas, tanto en web como móviles, destinadas para el uso de

terceros; (v) servicios informáticos vinculados a procesos de negocios para uso de terceros (centros de servicios

compartidos); servicios de diseño, codificación, implementación, soporte a distancia, resolución de incidencias,

adición de funciones y garantía o asesoramiento de software; (vi) servicios de mejoría de seguridad de equipos

y redes, confiabilidad de programas y sistemas de software, calidad de sistemas y datos y administración de

la información; (vii) desarrollo de productos y servicios de software, que se apliquen a actividades tales como

“e-learning”, marketing interactivo, “e-commerce”, Servicio de Provisión de Aplicaciones (ASP), edición y

publicación electrónica de información; (viii) creación, diseño, desarrollo, producción e implementación y puesta

a punto, de los sistemas de software desarrollados y su documentación técnica asociada, tanto en su aspecto

básico como aplicativo, incluyendo el que se elabore para ser incorporado a procesadores utilizados en bienes

de diversa índole, tales como consolas, centrales telefónicas, telefonía celular, máquinas y otros dispositivos.; (ix)

servicios de consultoría tecnológica y de outsourcing tecnológico, así como de actualización, perfeccionamiento

y capacitación; (x) desarrollo, implementación, soporte, licenciamiento y comercialización de sistemas o medios

de pago, incluyendo electrónicos, pudiendo determinar las reglas y procedimientos que rigen la prestación de

servicios de pago al público; (xi) servicio electrónico de pagos y/o cobranzas por cuenta y orden de terceros,

de facturas de servicios y otros conceptos; (xii) desarrollo, administración y gestión, por cuenta propia y/o como

agentes o prestadores de terceros, de cuentas y/o subcuentas de registro, inclusive virtuales, dedicadas al

servicio electrónico de pagos y/o cobranzas; (xiii) administración y operatoria de transferencias a través del uso de

dispositivos de comunicación móviles y/o cualquier otro soporte electrónico; (xiv) operar sistemas de transferencias

electrónicas por internet; (xv) en general, prestar los siguientes servicios, en el ámbito de sistemas o medios de pago

propios o de terceros, como organizador, administrador o gestor de medios de pago, incluyendo, sin limitación,

la prestación de los siguientes servicios, alternativa o acumuladamente: (a) transacciones de pagos, depósitos,

transferencias y/o extracciones, según sea aplicable, de y con recursos mantenidos en cuentas virtuales, digitales

o de pago; (b) ejecución o facilitación de instrucciones de pago relacionadas o no con transacciones de pago para

la compra de bienes, productos y/o servicios en general; (c) administración de cuentas virtuales, digitales o de pago

mantenidas por personas físicas o jurídicas; (d) gestión de uso de moneda electrónica, virtual o digital; (e) emisión,

administración y procesamiento de instrumentos de pago, incluyendo sin limitación, tarjetas de crédito, débito y

prepagas; (f) adquirencia, admisión y aceptación de instrumentos de pago y de uso de moneda electrónica, virtual

o digital; (g) ejecución de remesas y transferencia de fondos; (h) conversión de moneda física, legal o escritural

en moneda electrónica, virtual o digital y viceversa; (i) captura y liquidación financiera de transacciones de pago

capturadas por los sistemas de la Sociedad o de terceros, y (j) desarrollo y comercialización de terminales de pago

y puntos de venta, sean físicos, virtuales, móviles o de cualquier otro tipo; y (xvi) importar y/o exportar todo tipo

de equipamiento y sistemas (incluyendo hardware y software) desde y hacia cualquier parte del mundo. Para el

cumplimiento de su objeto social, la sociedad podrá realizar todo tipo de operaciones y actividades financieras,

con excepción de aquéllas previstas en las leyes y reglamentos de Entidades Financieras y, dentro de los límites

de las leyes y regulaciones vigentes, brindar los servicios de garantía relativos a los productos comercializados

por la sociedad que fuesen requeridos conforme la normativa vigente, otorgar y solicitar préstamos, adelantar

fondos, participar en empresas creadas o a crearse y comprar, vender y negociar toda clase de valores, constituir y

BOLETÍN OFICIAL Nº 34.117 - Segunda Sección 8 Lunes 20 de mayo de 2019

administrar fideicomisos, otorgar todo tipo de avales, fianzas y garantías (reales o personales) por las obligaciones

propias o de terceros ya sea en forma gratuita u onerosa. Para el cumplimiento de sus fines la Sociedad tiene

plena capacidad jurídica, pudiendo adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer todos los actos que no sean

prohibidos por las leyes o por este Estatuto. Capital: $ 100.000.-, representado por 100.000 acciones ordinarias

nominativas no endosables de valor nominal $ 1.- cada una; Directorio: 1 a 5 titulares, pudiendo la asamblea

prescindir o elegir igual o menor número de suplentes, por 3 ejercicios; Composición: Presidente y Director Titular:

Mariano Eduardo Catelli; y Director Suplente: Daniel Alberto Levi, ambos con domicilio especial en Tucumán 1,

Piso 4º, Ciudad de Buenos Aires; Representación legal: Presidente, o Vicepresidente conforme art. 10 del Estatuto.

Sindicatura: conforme art. 12 del Estatuto y art. 284 de la Ley 19.550, la Sociedad prescinde de sindicatura hasta

quedar incluida en el art. 299 Ley 19.550. Cierre de ejercicio: 31.12 de cada año. Autorizado según instrumento

público Esc. Nº 503 de fecha 10/05/2019 Reg. Nº 698

Constanza Paula Connolly - T°: 79 F°: 579 C.P.A.C.F.

e. 20/05/2019 N° 34531/19 v. 20/05/2019