N° 34626/19 Aviso del Boletín Oficial
SOLEIL CARILO S.A.
Texto del aviso
SOLEIL CARILO S.A.
Por actas de Asamblea General Extraordinaria de fecha 24/11/2016 y del 17/01/2017 se resolvió reformas: A)
“ARTICULO CUARTO: El capital social es de PESOS UN MILLON OCHOCIENTOS CINCUENTA MIL, representado
por 1.850.000 acciones, de las cuales 1.665.000 son acciones ordinarias, nominativas, no endosables de v$ n
1.- cada una, con derecho de un voto por acción y divididas en las clases A, B, C y D y conforme ello, las acciones
000001 a las 185000 serán de la Clase “A”, las acciones 185001 a la 370.000 de la clase “B”, las acciones 370001
a la 1110000 de la Clase “C” y las acciones 1110001 a la 1665000 serán de la Clase “D” y las restantes 185.000 son
acciones preferidas, nominativas, no endosables de v$ n 1.- cada una y sin derecho a voto, con las excepciones
previstas en el articulo 217 de la LGS”. B) el Art 8: Directorio compuesto de (6) directores Titulares y de (4) suplentes,
elegidos 1 titular y 1 suplente por las Clases A y B por 2 titulares y 1 suplente por las Clases C y D con mandato
por 3 ejercicios. C) ART 9: ahora Los Directores titulares deberán constituir una garantía por un monto inferior a la
suma que establezcan las disposiciones legales vigentes. D) ART 11: Mientras no esté comprendida en alguno de
los supuestos del articulo 299 de la ley 19.550 prescindirá de la sindicatura y en caso contrario deberá procederse
a la fiscalización privada mediante la designación de (6) Síndicos Titulares y de (4) suplentes, elegidos 1 titular y
2 suplente por las Clases A y B y por 2 titulares y 1 suplente por las Clases C y D y también con mandato por
3 ejercicios, pudiendo ser reelegidos y actuará como Sindicatura colegiada”. E) ART 13: las acciones ordinarias
serán nominativas, no endosables de v$ n 1.- cada una, con derecho a un voto por acción y divididas en las clases
A, B, C y D y las acciones preferidas, serán nominativas, no endosables de v$ n 1.- cada una y sin derecho a voto,
con las excepciones previstas en el articulo 217 de la LGS. F) ART 14: Rigen el quórum y mayoría determinados por
el articulo 243 de la LGS según la clase de asamblea, convocatoria y materias de que se trate y para el caso del
articulo 244 será necesaria la unanimidad de capital social en el supuesto previsto en el art 217 de dicho cuerpo
legal y cuando se trate de aumentos del capital social tanto en primera como en segunda convocatoria. Y por
acta de Asamblea General Ordinaria y Acta de Directorio ambas de fecha 17/01/2017 se resolvió designar como
DIRECTOR TITULAR Y PRESIDENTE: Luis Alberto LEMBO. DIRECTOR TITULAR Y VICEPRESIDENTE: Sergio
Alberto VALLEDOR. DIRECTORES TITULARES: Juan Pablo BRITO DEVOTO, José Armando SOSA, José Carlos
AMIL LOPEZ y Carlos FERNANDEZ. DIRECTOR SUPLENTES: Victoria PICOLLO, Pablo Lembo, Francisco José
BRITO EVANS y María Esther LOPEZ CASTRO todos constituyen domicilio especial en Cerrito 1186 piso 5 CABA.
Autorizado según instrumento público Esc. Nº 58 de fecha 16/04/2019 Reg. Nº 1683
Pilar María Rodriguez Acquarone - Matrícula: 4316 C.E.C.B.A.
e. 20/05/2019 N° 34626/19 v. 20/05/2019