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N° 34681/19 Aviso del Boletín Oficial

MILENIUM AGROPECUARIA S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS martes, 21 de mayo de 2019

Texto del aviso

MILENIUM AGROPECUARIA S.A.

Se hace saber que por asamblea general extraordinaria del 26/02/2019 se resolvió reformar el artículo 3 del

estatuto, referido al objeto social, el cual quedó redactado de la siguiente manera: “ARTICULO TERCERO: La

sociedad tendrá por objeto dedicarse por cuenta propia y/o de terceros y/o asociada a terceros, en el país y/o

en el exterior a las siguientes actividades: a) Agropecuarias: explotación en todas sus formas de las actividades

agrícolas ganaderas, inclusive la adquisición, arrendamiento y administración de establecimientos agropecuarios,

la cría, invernada y comercialización de todo tipo de ganado, la explotación intensiva de haras, cabañas, chacras

y granjas, el cultivo, compra y venta de cereales, oleaginosas, forrajeros y semillas, implantación y explotación de

bosques y forestación en general, fraccionamiento, acondicionamiento y conservación de maderas, compra y venta

de máquinas e implementos agrícolas, la importación y exportación de bienes de consumo durables y realización

de representaciones, mandatos, comisiones y consignaciones, relacionadas con la actividad agropecuaria; b)

Financieras: La financiación con dinero propio o de terceros de las operaciones comprendidas en su objeto, a corto

o a largo plazo, préstamos en dinero con o sin garantía real, celebración de contratos con sociedades o empresas,

siempre que se trate de sociedades por acciones; y c) Inversora: podrá realizar aportes de capital a sociedades

por acciones, constituidas o a constituirse, nacionales o extranjeras, financiaciones o créditos en general con o

sin garantía; compra, venta y negociación de títulos, acciones y toda clase de valores mobiliarios y papeles de

crédito en cualquiera de los sistemas o modalidades creados o a crearse. Quedan excluidas las operaciones

comprendidas por la Ley de Entidades Financieras y toda otra por la que se requiera el concurso público. A tal fin,

la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y realizar todos los actos

y contratos que no fueran prohibidos por las leyes o por este estatuto.” Autorizado según instrumento privado

ASAMBLEA de fecha 26/02/2019

Lucila Primogerio - T°: 100 F°: 542 C.P.A.C.F.

e. 21/05/2019 N° 34681/19 v. 21/05/2019