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N° 34931/19 Aviso del Boletín Oficial

PROSAL S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS martes, 21 de mayo de 2019

Texto del aviso

PROSAL S.A.

PROSAL S.A. Por Esc. 39 del 20/5/19 Registro 1994 CABA, se protocolizó el Acta de Asamblea Extraordinaria del

10/5/19 que reformó el artículo tercero del estatuto social, quedando el objeto redactado así: “Tiene por objeto

dedicarse por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, dentro o fuera del país, a las siguientes actividades:

a) Industriales: Mediante el desarrollo integral en bienes propios o de terceros de la industria azucarera y afines, a

cuyo efecto podrá explotar establecimientos productores de azúcar, alcohol, pasta para papel, papel y productos

químicos-industriales, como así también establecimientos o plantas para la industrialización o la conservación de

productos frutícolas, hortícolas, madereros u otros de origen agrícola, forestal o ganadero; b) Agricola-ganaderas:

Mediante el desarrollo en bienes propios o de terceros de las actividades agrícola-ganadera y forestal en todas

sus fases; c) Minerales: Mediante la explotación, de conformidad a la legislación vigente, de minas, canteras y

yacimientos de cualquier tipo, así como la realización de trabajos de localización, exploración, cateo, extracción

o purificación de productos, sustancias o fluidos de origen mineral; d) Comerciales: Mediante la adquisición y

enajenación a cualquier título de productos derivados de sus actividades industriales y agrícola-ganaderas, forestal

y minera, así como de materias primas, fluidos y sustancias, maquinarias y demás bienes que con ella se relacionen,

a cuyos efectos podrá cumplir todos y/o cualquier acto que hagan a ello, e inclusive actuar como importadora y/o

exportadora de dichos bienes, o como distribuidora de los mismos, pudiendo asimismo ejercitar cualquier tipo de

representaciones, comisiones y mandatos que con ellos se vinculen; e) Financieras: Realizar préstamos y/o aportes

e inversiones de capitales a terceros particulares o sociedades, otorgar avales, fianzas, hipotecas, prendas y todo

tipo de garantías a favor de terceros, ya sea respecto de obligaciones propias o de terceros, realizar financiaciones

y operaciones de crédito en general, con cualquiera de las garantías previstas en la legislación vigente o sin ellas,

negociar títulos, acciones, debentures y otros valores mobiliarios, y en general efectuar todas las operaciones

relacionadas con la inversión de propios fondos y de aquellos cuya administración se les confíe, excluidas aquellas

operaciones comprendidas en la Ley de Entidades Financieras u otras por las que se requiera el concurso público;

y f) Generación de Electricidad: La actividad de generación y/o cogeneración y/o producción de energía eléctrica

para su colocación total o parcial en el sistema de transporte y/o distribución sujeto a jurisdicción nacional, en un

todo de acuerdo a la Ley Nº 24065 y demás normas legales y reglamentarias que componen el marco regulatorio

de la energía eléctrica en la República Argentina; incluyendo especialmente, aunque no únicamente, la generación

de energía eléctrica a partir de fuentes renovables, con destino a su comercialización a través de la Compañía

Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico S.A., o la entidad que en el futuro la reemplazare”.

BOLETÍN OFICIAL Nº 34.118 - Segunda Sección 9 Martes 21 de mayo de 2019

Autorizado según instrumento público Esc. Nº 39 de fecha 20/05/2019 Reg. Nº 1994

Veronica Gabriela Uviz D´Agostino - Matrícula: 5215 C.E.C.B.A.

e. 21/05/2019 N° 34931/19 v. 21/05/2019