N° 36249/19 Aviso del Boletín Oficial
DIVEST S.A.
Texto del aviso
DIVEST S.A.
Por Acta de Asamblea Extraordinaria del 14/05/2019 los accionistas resolvieron por unanimidad modificar el
articulo tercero del estatuto el cual quedo redactado de la siguiente manera: OBJETO: La sociedad tendrá por
objeto realizar por cuenta propia, de terceros y/o asociada a terceros, en el país y/o en el exterior, las siguientes
actividades: COMERCIAL: La compra venta, comercialización y distribución de insumos y equipos para la
construcción, productos metalúrgicos y materiales de venta habitual en corralones. Importación y Exportación.
Ejercicio de mandatos, comisiones, representaciones y consignaciones. INDUSTRIAL: La industrialización de
insumos y equipos para la construcción, productos metalúrgicos y materiales de venta habitual en corralones.
CONSTRUCTORA: La ejecución de obras de ingeniería y arquitectura en general, públicas o privadas. Las actividades
que en virtud de la materia hayan sido reservadas a profesionales con título habilitante serán realizadas por medio
de estos. FINANCIERA: La realización de operaciones financieras y de inversión con exclusión de las previstas en
la ley de entidades financieras y toda otra que requiera el concurso público. INMOBILIARIA: (i) La Compraventa,
permuta, administración, locación, sublocación, comodato y realización de toda clase de operaciones sobre bienes
inmuebles y en particular, pero no limitado a oficinas y espacios colaborativos propios y/o tomados en alquiler;
(ii) la prestación por sí o por terceros de servicios integrales para la instalación, el equipamiento, mantenimiento y
funcionamiento de oficinas en los inmuebles locados y sublocados mencionados en el punto (i) precedente, para
empresas, sociedades, o personas físicas destinadas al desarrollo de actividades comerciales, industriales y/o
profesionales por parte de éstas, como así también el ejercicio de toda otra actividad o servicio complementario
o auxiliar que resultare necesario para el funcionamiento y desarrollo de las actividades que los locatarios y
sublocatarios llevarán a cabo en dichas oficinas, incluyendo pero no limitado al amoblamiento, venta y alquiler de
equipos de oficina; servicios de limpieza, de secretaría; gestión del espacio y la infraestructura de comunicaciones
y espacios compartidos, a través de instalaciones de conferencias de audio y salas de reuniones, servicios
gastronómicos e instalaciones de alimentos, bebidas y espacios deportivos, servicios de vídeo y de telefonía,
Internet y servicios de tecnología móvil. En cumplimiento de las actividades anteriormente señaladas podrá actuar
como aceleradora, incubadora y/o proveedora de espacios colaborativos para empresas y emprendedores en el
distrito tecnológico de la Ciudad de Buenos Aires y sus actividades afines, brindado espacios físicos de trabajo
destinados a terceros que desarrollen proyectos o actividades relacionadas con las Tecnologías de la Información
y las Comunicaciones (TIC), ya sea de manera independiente o conjunta, proporcionando servicios de uso común,
tales como acceso a internet, telefonía, impresión en 2D y 3D, escritorios, salas de reuniones y capacitación,
espacios para teleconferencias, y otros, como así también servicios que sean requeridos por los emprendedores/
as, prestadores/as, empleados/as y funcionarios/as que cumplan tareas dentro del o los espacio/s de co-working
desarrollados por la empresa, y (iii) fomentar, apoyar y dar servicios que posibiliten el desarrollo de empresas y
emprendedores comprendidos en la Ley 2972 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y/o las que la reemplacen
o continúen, y sus decretos reglamentarios. A los fines expuestos, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para
adquirir derechos, contraer obligaciones y realizar todos los actos que no sean prohibidos por las leyes o este
estatuto, incluyendo la importación y exportación de bienes en relación con el cumplimiento de su objeto social.
Autorizado según instrumento privado Asamblea General Extraordinaria de fecha 14/05/2019
Santiago Casares - T°: 105 F°: 228 C.P.A.C.F.
e. 24/05/2019 N° 36249/19 v. 24/05/2019