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N° 36364/19 Aviso del Boletín Oficial

ZYMPRAX S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS viernes, 24 de mayo de 2019

Texto del aviso

ZYMPRAX S.A.

Por acta del 29/04/2019 se reforma: ARTICULO TERCERO: La sociedad tiene por objeto realizar por cuenta propia,

de terceros o asociada a terceros, en el país o en el extranjero, las siguientes actividades: COMERCIALES: La

compra, venta, importación, exportación, comisión, consignación, representación, mandatos, distribución y

toda forma de comercialización de maquinaria, sus partes y accesorios, materias primas, insumos y todo tipo

de materiales para la industria de la construcción. CONSTRUCCION: Construcción, refacción, rehabilitación,

terminación, ampliación, demolición, conservación y mantenimiento, montaje, dirección, estudio y proyecto y

ejecución de obras de arquitectura e ingeniería públicas y/o privadas, por cuenta propia o de terceros, actuando

como propietaria, proyectista, empresaria, contratista o subcontratista, asistente técnico o supervisor en

construcciones o inmuebles rurales y/o urbanos de toda clase con destino a viviendas, edificios comerciales,

edificios públicos o industriales y toda especie de actos y operaciones industriales, comerciales y financieras

que, directa o indirectamente, tenga relación con las mismas. Los servicios profesionales serán realizados por

personas con título habilitante o la correspondiente matrícula profesional. A tales fines tiene plena capacidad

jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y realizar los actos permitidos por las leyes y este Estatuto.

ARTICULO NOVENO: La dirección y administración de la Sociedad estará a cargo del Directorio integrado por

uno a cinco titulares como máximo, pudiendo la Asamblea elegir igual o menor número de suplentes, los que

BOLETÍN OFICIAL Nº 34.121 - Segunda Sección 15 Viernes 24 de mayo de 2019

se incorporarán al Directorio por el orden de su designación. El término de su elección es de tres ejercicios. La

Asamblea fijará el número de Directores así como su remuneración. El Directorio sesionará con la mayoría absoluta

de sus miembros titulares y resuelve por mayoría de los presentes. En caso de empate el Presidente desempatará

votando nuevamente. En su primer reunión designará un Presidente, pudiendo en caso de pluralidad de titulares,

designar un Vicepresidente que suplirá al primero en su ausencia o impedimento. En garantía de sus funciones

los Directores Titulares constituirán una garantía de acuerdo a las modalidades establecidas por normativa de la

Inspección General de Justicia. El Directorio tiene amplias facultades de administración y disposición incluyendo

las que requieren poderes especiales a tenor del artículo 375 del Código Civil y Comercial de la Nación. Podrá

especialmente operar con toda clase de bancos, compañías financieras o entidades crediticias oficiales o

privadas; dar y revocar poderes especiales y generales, judiciales, de administración u otros, con o sin facultad

de sustituir; iniciar, proseguir, contestar o desistir de denuncias, querellas penales y realizar todo tipo de hecho

o acto jurídico que haga adquirir derechos o contraer obligaciones a la Sociedad. La representación legal de la

Sociedad corresponde al Presidente del Directorio o al Vicepresidente en su caso. Mientras la Sociedad no tenga

Sindicatura, obligatoriamente deberá cubrirse el cargo de Directores Suplentes. Autorizado según instrumento

público Esc. Nº 250 de fecha 23/05/2019 Reg. Nº 603

Flavio Murruni - Matrícula: 5621 C.E.C.B.A.

e. 24/05/2019 N° 36364/19 v. 24/05/2019