N° 30944/19 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO CIVIL NRO. 42
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO CIVIL NRO. 42
SECRETARÍA ÚNICA
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil N° 42, a cargo del Dr. EDUARDO A. MAGGIORA, Secretaría
Única interinamente a mi cargo, sito en Uruguay 714 Piso 2do, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comunica
por dos días en autos: “CONSORCIO DE PROPIETARIOS BOYACA 560 C/ZAS LOPEZ SALVADOR S/ EJECUCION
DE EXPENSAS”, Expte N° 73.308/04, que el martilllero Esteban David Toscano, rematará el día 4 de junio de
2019 a las 10:45 hs, en Jean Jaures 545, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, al contado y al mejor postor, la
mitad indivisa (50%) del titular Sr. Salvador Zas López, C.I.: 5.804.739 y DNI 18.767.387, respecto del inmueble
sito en la Avda. Boyacá 560, unidad 10 del piso 2° Depto “B” de Caba, matrícula 5-845/10.- NOMENCLATURA
CATASTRAL: Cir 5; S 65; Manz 124; Parc 30 B- PDA INMOBILIARIA N° 1297390-03, SUPERFICIE TOTAL: 55 m2
con 77 dm2. Se trata de un departamento compuesto por un living comedor, dos dormitorios, baño completo y
cocina, luminoso, el estado es bueno, habita en la finca la Sra Iemma Maria Rosa en calidad de esposa del Sr
Zas Lopez.- CONDICIONES DE VENTA: AL CONTADO Y AL MEJOR POSTOR.- BASE: U$S 23.000; SEÑA: 30%;
COMISIÓN: 3%, AC. 10/99 CSJN 0,25 Y SELLADO DE LEY 1%; todo en dinero en efectivo en el acto de remate.
Y el saldo de precio deberá depositarse en el Banco de la Nación Sucursal Tribunales, dentro de los cinco días
de aprobado el remate. Hágase saber que no corresponde que el adquirente en subasta afronte las deudas que
registra el inmueble por impuestos, tasas y contribuciones, devengadas antes de la toma de posesión, cuando el
monto obtenido en la subasta no alcanza para solventarlas. Asimismo no cabe una solución análoga respecto de
las expensas comunes para el caso de que el inmueble se halle sujeto el régimen de la ley 13.512. (cfr. plenario
de la Excma. Cámara Nac. de Apelaciones en lo Civil en los autos “Servicios Eficientes S.A. c/ Yabra, Roberto
Isaac s/ Ejecución Hipotecaria”). En el acto de suscribir dicho boleto de compraventa exigirá de quien o quienes
resulten compradores la constitución de domicilio dentro del radio de la Capital Federal, bajo apercibimiento de
que las sucesivas providencias se notificaran ministerio ley. El comprador deberá anunciar a viva voz el nombre del
poderdante en caso de invocarse poder. Se hace saber que la eventual cesión del boleto de compraventa deberá
instrumentarse mediante escritura pública. Publíquense edictos por dos días en el Boletín Oficial y en el diario “La
Prensa”. DEUDAS: AYSA: (fs 402) de $ 40.371,91 al 7/9/2018; ABL (fs 414) de $ 3606,07 por planes y judicial de
$ 8.681,31 al 6/9/2018; EXPENSAS (fs 482) de $ 203.209,50 al 5/2/2019. El martillero queda autorizado a valerse del
auxilio de la fuerza pública si lo estimare necesario, a fin de preservar el normal desarrollo del acto. EXHIBICIÓN:
31/5/2019 y 03/06/2019 de 8 a 10 hs.- Para más datos consultar en el expediente. Eduardo A. Maggiora Juez -
Laura E. Fillia Secretaria
e. 27/05/2019 N° 30944/19 v. 28/05/2019