N° 36688/19 Aviso del Boletín Oficial
KCR ALCORTA S.A.
Texto del aviso
KCR ALCORTA S.A.
Por Asamblea General Extraordinaria del 16/04/2019 se resolvió: (i) aumentar el capital social de $ 100.000 a
$ 281.188.128, con motivo de la escisión-fusión, y emitir 113.864.599 acciones ordinarias, nominativas, no
endosables clase A, con derecho a 4 votos por acción y de valor nominal $ 1 cada una, y 167.223.529 acciones
ordinarias, nominativas, no endosables clase B, con derecho a 2 votos por acción y de valor nominal $ 1 cada una;
(ii) reformar el artículo 4 del estatuto social en consecuencia; (iii) aprobar la ampliación y modificación del objeto
social para que la sociedad pueda otorgar avales, fianzas, garantías reales o personales respecto de obligaciones
propias y/o de terceros ya sea a título oneroso o gratuito; (iv) aprobar la reforma del artículo 3 del estatuto social,
el cual quedó redactado de la siguiente forma: “ARTÍCULO TERCERO: La Sociedad tendrá por objeto realizar
por sí, por intermedio de terceros, o asociada a terceros, por cuenta propia o de terceros o a través de contratos
con personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, o mediante la constitución y/o adquisición de personas
jurídicas en la República Argentina o en el extranjero, a las siguientes actividades: Inmobiliarias: Negociación con
bienes inmuebles urbanos y rurales, construcción de los mismos por sí o asociados con terceros, fraccionamiento,
compra, venta, construcción, adquisición, transferencia, permuta, locación, arrendamiento, urbanización,
subdivisión y/o cualquier otro acto permitido, de toda clase de inmuebles aptos para cualquier destino, sitos en
la República Argentina o en el exterior, y en particular, pero sin limitarse, de centros comerciales, malls, ferias,
galerías comerciales, o cualquier otra edificación o superficie destinada a la comercialización en cualquier escala
de productos, mercaderías o servicios. Administrativas: administraciones de bienes inmuebles o muebles,
y/o fondos, propios o ajenos, y en particular, pero sin limitarse, de centros comerciales, malls, ferias, galerías
comerciales, u otra edificación o superficie destinada a la comercialización en cualquier escala de productos,
mercaderías o servicios. Comerciales: Compra, venta, consignación, y en general cualquier operación de lícito
comercio con los productos comprendidos en el objeto inmobiliario ejerciendo todas las actividades conducentes
a la realización del objeto social. Representativas: aceptar y ejercer representaciones, mandatos, comisiones,
agencias, consignaciones, y/o gestiones de negocios. Ejercer representaciones de fábricas y comercios del exterior
o de la República Argentina que se refieran a la industria de la construcción en cualquiera de sus rubros. Concurrir
a toda clase de licitaciones públicas o privadas, referidas a su objeto social. Financiación de Emprendimientos
y/o proyectos y/u Obras y/u Operaciones Inmobiliarias: otorgar créditos para la financiación de emprendimientos,
proyectos, obras y/o desarrollos inmobiliarios de terceros, públicos o privados, y/o para la adquisición por terceros
de inmuebles nuevos o usados, cualquiera fuere el destino previsto para tales inmuebles, efectuar aportes de
capital y/o tecnología y/o conocimiento de negocios a los mismos fines antes indicados, solicitando en cualquiera
de los casos mencionados precedentemente las garantías reales y/o personales que se estimaren convenientes,
todo ello con sujeción a las normas y reglamentaciones que resultaren aplicables y en la medida que no se trate
de operaciones reservadas a las entidades comprendidas en la Ley de Entidades Financieras de la República
Argentina. A tales fines, la Sociedad tiene plena capacidad jurídica para realizar los actos, contratos y operaciones
compatibles con tal objeto social, sometiéndose para ello a la legislación vigente, financiar las operaciones que
contempla este apartado y las restantes actividades descriptas en los anteriores mediante la securitización de
activos reales o financieros o de cualquier otra especie con aptitud legal, destinando los mismos a garantizar
la emisión de instrumentos de deuda, pudiendo otorgar préstamos, financiaciones y operaciones de crédito en
general, con o sin garantía. Asimismo, tiene plena capacidad jurídica para otorgar fianzas, avales y/o cualquier otro
tipo de garantías, ya sea real o personal, para garantizar deuda y/o actos propios o de terceros y celebrar cuantos
más actos y contratos sean necesarios para la consecución y cumplimiento de su objeto social y del desarrollo de
su actividad.”; y (v) adoptar un texto ordenado del estatuto social. Autorizado según instrumento privado Actas de
Asamblea General Extraordinaria de fecha 16/04/2019.
María Florencia Angélico - T°: 96 F°: 493 C.P.A.C.F.
e. 27/05/2019 N° 36688/19 v. 27/05/2019