N° 37391/19 Aviso del Boletín Oficial
PARTIDO IZQUIERDA POPULAR
Texto del aviso
PARTIDO IZQUIERDA POPULAR
“El Juzgado Federal con competencia Electoral en el distrito de la Provincia de Buenos Aires, a cargo del Doctor
Adolfo Gabino Ziulu, Juez Federal Subrogante, hace saber, en cumplimiento de lo establecido en los artículos
63 de la Ley Orgánica de los Partidos Políticos 23.298 y 15 del Decreto 937/2010, que en los autos caratulados
“PARTIDO IZQUIERDA POPULAR” S/ Reconocimiento de Partido de Distrito, Expte CNE 160/2017 que tramita
ante sus estrados, se ha dictado la siguiente resolución:
La Plata, 22 de abril de 2019.
VISTOS: los autos caratulados “PARTIDO IZQUIERDA POPULAR S/ RECONOCIMIENTO DE PARTIDO DE
DISTRITO”, Expte. N° CNE 160/2017 del Registro de Gestión Integral de expedientes judiciales y,
CONSIDERANDO:
I.- Que por resolución de fecha 15 de junio de 2017 se otorgó al partido de autos el reconocimiento de la personería
jurídico política provisoria como partido de distrito, haciéndole saber en la misma –en los puntos 7° a 11° -, que a
fin de obtener la personería definitiva debía dar cumplimiento a lo establecido por los incisos “a”,”b” y “c” del art.
7 bis de la ley 23.298, modif.. por la ley 26.571.
Que a fs. 143, el señor apoderado partidario, a fin de dar cumplimiento a lo ordenado en el punto 11° de la
resolución mencionada, acompañó los libros que exige el art. 37 de la ley 23.298, los que fueron rubricados con
fecha 21 de junio de 2017 (art. 7 bis inc. “c” de la ley citada).
BOLETÍN OFICIAL Nº 34.126 - Segunda Sección 52 Viernes 31 de mayo de 2019
Que el 22 de junio de 2017, fs. 156, teniendo en cuenta el informe de la Actuaria que obra glosado a fs. 155, 2°
párrafo, se tuvo por cumplida la exigencia prevista en el inc. “a” del art. 7 bis, cuya observancia fuera establecida
en el punto 7° del resolutorio citado.
Que a fs. 178 se presentó el señor apoderado partidario acompañando acta de la Junta Promotora, en la que se
decidió convocar a elecciones internas partidarias para el día 21 de junio de 2017, se designaron los miembros de
la Junta Electoral y se aprobó el Reglamento Electoral. Adjuntó también un ejemplar del Diario Pregón, con la que
acreditó la publicación de la misma.
Que en la citada foja, el señor apoderado comunica el resultado de la elección interna, presenta acta de Junta
Electoral de fecha 20 de junio de 2017, en la que el citado organismo proclamó la única lista presentada para
integrar la Junta Ejecutiva y Congresales.
Que a fs. 172, obra acta del Congreso de la cual surge la integración de la Mesa del Congreso.
Que a fs. 184 y vta., obra informe Actuarial en relación a la documentación acompañada con motivo del proceso
electoral partidario, dejando constancia que no se había solicitado el padrón de afiliados.
Que a fs. 185 se ordenó correr vista al Señor Fiscal Federal, quién solicitó en su dictamen de fs. 186 que se informe
sobre el cumplimiento de lo prescripto por el art. 3 inc.b) de la ley 23.298 en cuanto al porcentaje mínimo por sexo
-conforme a la ley 24.012- vigente en esa fecha.
Que a fs. 188/189, la Actuaria informa sobre lo requerido, corriéndose a fs. 190 nueva vista al Señor Fiscal Federal.
Que a fs. 192, obra dictamen donde el representante del Ministerio Público Fiscal, manifiesta que dada las
irregularidades en la documentación acompañada, requiere que se corra traslado al partido de autos a fin de que
tome conocimiento de las observaciones respectivas.
A fs. 195/196 y 197 se presenta el apoderado partidario a contestar el traslado conferido a fojas 193, aportando
documental. Surgiendo del informe de la Actuaria - de fs 201- observaciones en cuanto a las fichas de afiliación
acompañadas a efectos de subsanar la situación de los ciudadanos que resultaron electos.
Que a fs. 221, obra resolutorio por el cual, habiéndose subsanado parcialmente las observaciones, se le corre
nueva vista al Señor Fiscal Federal, manifestando el mismo a fs. 224 que nada tiene que oponer al reconocimiento
de la personería jurídico política definitiva, dado que el partido ha cumplido con los requisitos exigidos.
Que con fecha 24 de septiembre de 2018, el Tribunal resolvió fs. 225/228 vta., sin perjuicio de lo dictaminado
por el Señor Fiscal Federal, y atento a las irregularidades advertidas en los comicios internos, declarar inválido
dicho proceso electoral, y hacer saber al partido que debía realizar nuevas elecciones para constituir autoridades
definitivas - en el plazo de sesenta días-, y en el plazo de diez días, efectuar la correspondiente convocatoria.
Que con fecha 2 de noviembre de 2018 se presentó el señor apoderado partidario acompañando el acta
correspondiente a la reunión de la Junta Promotora convocando a elecciones internas para el día 19 de noviembre
de 2018 y la publicación de la convocatoria en el diario El Pregón.
Que a través del resolutorio de fojas 254 y atento lo informado por la Actuaria a fojas 253 se solicita al partido de
autos, aclare sobre la integración de la Junta Electoral y la cantidad de Congresales Provinciales a elegir.
Que, con fecha 29 de noviembre de 2018 se presenta el apoderado y acompaña acta de oficialización de
autoridades, emanada de la Junta Electoral, - Junta Ejecutiva y Congresales – y acta de Junta Promotora de
readecuación de la Junta Electoral.
Que a fs. 277/278 vta., obra informe de la Actuaria sobre la documental acompañada y a fs. 279 resolución
ordenándose correr vista al Señor Fiscal Federal a fin de que se expida sobre la validez del proceso eleccionario.
Obra a fs. 280 dictamen Fiscal en el cual manifiesta que “…no surge que el partido de autos haya celebrado
la elección de los miembros de la Junta de Disciplina”, por lo que estima que debe darse la correspondiente
intervención al partido.
Que habiéndose corrido el pertinente traslado -fs. 281-, obra a fs. 291 escrito por el cual acompaña actas de Junta
Promotora convocando a elecciones complementarias para elegir Junta de Disciplina a realizarse el día 3 de marzo
de 2019, obrando la publicación respectiva en el diario El Pregón.
Que a fojas 296 se presenta nuevamente el apoderado partidario y comunica el resultado de la elecciones de los
miembros del Tribunal de Disciplina, acompañando el acta correspondiente.
Obra informe a fs. 298, sobre la integración de dicho Tribunal, y resolución – a fojas 299- en la cual de corre vista
al señor Fiscal Federal, a fin de que se expida sobre el reconocimiento de personería jurídico política definitiva de
la agrupación de autos.
Que a fs. 300, el Señor Fiscal Federal se expidió manifestando que estima que habiéndose cumplido todos los
requisitos exigidos, nada tiene que oponer al reconocimiento de la personería política definitiva de la agrupación
de autos.
II.- Que conforme surge de las constancias de autos, se ha dado cumplimiento a los requisitos que exigen los
artículos 7 bis y concordantes de la ley 23.298, modif. por la ley 26.571.
III.- Que el reconocimiento de la personería jurídico política definitiva que habrá de otorgarse, implica la sujeción
del partido a las prescripciones contenidas en la ley de Financiamiento de los Partidos Políticos.- 26.571-.
Que a mérito de ello, y a fin de verificar el debido cumplimiento de dicha normativa, corresponde formar expediente
por separado, el que se caratulará como partido “Partido Izquierda Popular” S/ Control de estados contables
Verificación de presentación art. 23 ley 260215 y se encabezará con copia auténtica de las presentes.
BOLETÍN OFICIAL Nº 34.126 - Segunda Sección 53 Viernes 31 de mayo de 2019
Por lo expuesto, normas legales citadas y de conformidad a lo dictaminado por el Señor Fiscal Federal,
RESUELVO:
1°) Reconocer al “PARTIDO IZQUIERDA POPULAR”, la personería jurídico política definitiva como partido de distrito,
con derecho exclusivo al nombre, cuyo registro se ordena por la presente resolución, con todos los derechos y
obligaciones que emanan de su reconocimiento (art. 7 bis y concordantes de la ley 23.298 modif. Por la ley 26.571).
2°) Tener como autoridades de la Junta Ejecutiva, titulares y suplentes, Delegados al Congreso e integrantes de la
Junta de Disciplina los ciudadanos que se mencionan a fs. 277/278 y vta., y acta de fs. 294/295.
3°) Comunicar la presente resolución a la Excma. Cámara Nacional electoral, remitiéndose copia certificada
de la misma, conjuntamente con la nómina de autoridades partidarias (art. 6 inc. “a” del decreto 937/10 P.E.N
reglamentario de la ley 23.298).
4°) Comunicar, a sus efectos, la presente a la Dirección Nacional Electoral del Ministerio del Interior.
5°) Publíquese por un (1) día en el Boletín Oficial de la Nación la presente resolución, conjuntamente con la nómina
de autoridades definitivas (Art. 15 del Decreto 937/10).
6° Expídase copia certificada de la presente y fórmese actuaciones de conformidad a lo dispuesto en el
considerando III.
Regístrese, notifíquese y líbrense las comunicaciones del caso.
ADOLFO GABINO ZIULU
Juez Federal Subrogante con competencia electoral
Asimismo se ha tenido por reconocidas las autoridades definitivas del “Partido Izquierda Popular” del distrito de
la provincia de Buenos Aires por dos (2) años, elección interna del 7 de noviembre de 2018 y complementaria del
1 de marzo de 2019.-
JUNTA EJECUTIVA Titulares: Maisa Soledad Bascuas D.N.I. 29.076.052; Federico Fagioli D.N.I. 35.792.489; Gisela
Juliana Di Dio D.N.I. 36.069.002; José Elías Gazpio Sales D.N.I. 31.877.329; Gloria Beatriz Fleitas Ruiz Díaz D.N.I.
22.386.711; Maximiliano Ricardo Javier Glorioso D.N.I. 23.766.899; Teodora Vicenta Sánchez D.N.I. 29.706.362;
Jorge Alejandro Bonifacio D.N.I. 26.406.995; María del Carmen Herrera D.N.I. 16.429.074; Ernesto Horacio
Caballero D.N.I. 13.232.115; Evelyn Anahí López D.N.I. 37.139.332.- Suplentes: Alejandro Ramón Ruiz Díaz D.N.I.
35.093.662; Aymara Florencia Val D.N.I. 35.992.574; Carlos Mauricio Cáceres D.N.I. 21.839.244; María Cristina
Navarro D.N.I. 14.235.227. DELEGADOS AL CONGRESO PROVINCIAL: Titulares: Gabriel Gustavo Bacigalupi
D.N.I. 26.263.192; Daiana Alejandra Mastrovito Portillo D.N.I. 38.104.958; Daniel Gastón Mareco D.N.I. 39.366.185;
Mayra Solange Avalos D.N.I. 40.426.323; Ignacio Bacuas D.N.I 35.365.544; Liliana Maricel Librada Sandoval D.N.I.
29.156.829; Sergio Eduardo Valenzuela D.N.I. 33.960.533; Claudia Alejandra Riccillo D.N.I. 39.105.049.- Suplentes:
Elizabeth Del Carmen Terán D.N.I 37.702.011; Simón Pablo Acevedo D.N.I. 30.852.916; Daniela Edith Perea D.N.I.
29.041.664; Macarena Soledad Losanto D.N.I. 39.848.143; Edgar Maximiliano Fernández D.N.I. 34.551.611; Roció
Belén Gauchón D.N.I. 44.608.811; David Esteban Jiménez D.N.I. 29.044.035.- JUNTA DE DISCIPLINA: Titulares:
Beatriz María Gauna D.N.I. 20.955.132, Roberto Alfredo Tevez D.N.I. 26.328.764; Romina Gisela Cachaza D.N.I.
31.823.687.- Suplente: Cristian Andrés Genaro D.N.I. 34.216.621.-
María Florencia Vergara Cruz Prosecretaria Electoral Nacional
e. 31/05/2019 N° 37391/19 v. 31/05/2019