N° 39097/19 Aviso del Boletín Oficial
HILTI ARGENTINA S.R.L.
Texto del aviso
HILTI ARGENTINA S.R.L.
La Reunión de Socios N° 59 del 17/04/2019 resolvió reformar el artículo tercero del contrato social quedando
redactado de la siguiente manera: “ARTICULO TERCERO: La Sociedad tiene por objeto realizar, por cuenta
propia o ajena, en forma independiente o asociada a terceros, dentro o fuera de la República Argentina, las
siguientes actividades: 1.- fabricación, elaboración de todo tipo de productos relacionados con la construcción
de herramientas y todo otro tipo de productos relacionados con la construcción. 2.- distribución, compra, venta,
locación, leasing, consignación, desarrollo de todo tipo de comercialización, importación y exportación de todo tipo
de productos relacionados con la construcción para todo tipo de industrias y actividades productivas y en particular
herramientas, máquinas, repuestos y partes, accesorios, equipos, y sistemas de fijación para la construcción.
3.- prestación de servicios de instalación, reparación, mantenimiento sobre dichos productos. 4.- prestación de
servicios de seguridad e higiene para todo tipo de industrias y actividades productivas, incluyendo asesoramiento
y capacitación. 5.- otorgamiento de licencias de uso de software, aplicaciones web, incluyendo comercialización
de productos y servicios asociados. 6.- prestación de servicios de soporte técnico, asistencia y asesoramiento,
capacitación y consultoría, para todo tipo de industrias, sobre los productos y servicios mencionados. 7.- la
compra, venta, construcción, administración y explotación de bienes inmuebles urbanos y/o rurales, incluso todas
las operaciones comprendidas en las leyes y reglamentaciones sobre propiedad horizontal, la realización de todo
tipo de mandatos, representaciones, agencia, comisiones, consignaciones, gestiones de negocios administración
de bienes, capitales y empresas en general. Queda expresamente establecido que las actividades profesionales
deberán ser desempeñadas exclusivamente por quienes posean el título habilitante correspondiente. A tales fines,
la Sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no
sean prohibidos por las leyes o por el presente Contrato Social.” Autorizado según instrumento privado Reunión
de Socios de fecha 17/04/2019
Gabriela edel Nicoletti - T°: 58 F°: 899 C.P.A.C.F.
e. 04/06/2019 N° 39097/19 v. 04/06/2019