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N° 39060/19 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO CIVIL NRO. 49

Edictos Judiciales REMATES JUDICIALES miércoles, 5 de junio de 2019

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO CIVIL NRO. 49

SECRETARÍA ÚNICA

EDICTO

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil N° 49 a cargo de la Dra. Viviana Silvia Torello, Secretaria a mi

cargo, sito en Uruguay 714 7º piso de Capital Federal, comunica por dos días en los autos “GRASSO CATALINA Y

OTRO C/ BIANCO JOSE Y OTRO S/ EJECUCION HIPOTECARIA” Expte. 118549/2001 (reservado), que el Martillero

Marcelo de Azcuénaga rematará el día 11 de Junio de 2019 a las 11.15 hs en el salón sito en calle Jean Jaures

545 de CABA, el inmueble sito calle Pola 1772 -ent. Avda. Directorio y Tandil-; Nomenclatura Catastral, C. 1, Sec.

62, Manz. 48, Parc. 18, Unidad Funcional 3, PB y azotea. Matrícula 1-29700/3. Sup. Total 124,95 m2. Porcentual

39,52%. Según mandamiento de constatación de Fs 389 Se trata de departamento en PB al cual se ingresa

por pasillo y consta de 2 plantas. En la planta baja se encuentra living comedor, cocina, 2 dormitorios y baño.

En la azotea consta de una habitación y terraza. El mismo se encuentra en regular estado de conservación y

ocupado por la Sra. Juana Graciela Celfa conjuntamente con su esposo Leonardo Daniel Bianco en carácter de

BOLETÍN OFICIAL Nº 34.129 - Segunda Sección 88 Miércoles 5 de junio de 2019

propietarios. Deudas: Rentas $ 4.518,96 a Fs 478/485 al 08/10/2018. AySA $ 442,97 a Fs 489 al 09/10/18. A.A.

$ 30.512,03 a Fs 468/69 al 29/05/18. Venta al contado y al mejor postor, todo en dinero en efectivo en el acto de

la subasta. BASE $ 1.520.000.- SEÑA: 30%, COMISIÓN 3%, SELLADO de Ley 1%. ACORDADA 24/00 (C.S.J.N.):

0,25%. No procederá la compra en comisión ni la indisponibilidad de los fondos de la subasta. El saldo del precio

deberá ser depositado en autos dentro de los cinco días de efectuado el remate sin que sea necesario el dictado

de auto de aprobación de la subasta toda vez que se opera de pleno derecho y bajo apercibimiento de ser

declarado postor remiso (art. 584 del Código Procesal); para el supuesto que se plantease la nulidad de la subasta

el comprador deberá dentro del mismo plazo depositar a embargo el saldo del precio bajo apercibimiento de

celebrarse nueva subasta. Solamente se podrán ceder los derechos derivados de la compraventa en remate una

vez abonado el saldo de precio y adquirida la tradición por parte del comprador, debiendo instrumentarse en acto

jurídico mediante escritura pública. El adquirente en subasta judicial no afronta las deudas que registra el inmueble

por impuestos, tasas y contribuciones devengadas antes de la toma de posesión cuando el monto obtenido

en la subasta no alcanzare para solventarlas y que las expensas están a cargo del comprador (Fallo “Servicios

Eficientes S.A. c/ Yabra, Roberto Isaac s/ ejecución hipotecaria”. EXHIBICIÓN: los días 7 y 10 de Junio de 2019 de

15 a 17 hs. Buenos Aires, 3 de JUNIO de 2019. FDO: ANDREA MARIA DI TULLIO. SECRETARIA

VIVIANA SILVIA TORELLO Juez - ANDREA MARIA DI TULLIO SECRETARIA

e. 05/06/2019 N° 39060/19 v. 06/06/2019