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N° 40395/19 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO 30

Edictos Judiciales REMATES JUDICIALES lunes, 10 de junio de 2019

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO 30

SECRETARÍA NRO. 60

El Juzgado Nacional de 1ra Inst. en lo Comercial Nº30, a cargo de Sebastián I. Sánchez Cannavó, Secretaría

Nº60, a mi cargo, sito en Montevideo 546 piso 6°, CABA, comunica por dos días en el Boletín Oficial, que en el

expediente: “LATINA CONSTRUCTORA SRL S/ INCIDENTE DE VENTA DE RODADO DOMINIO MFS-595”, (COM

2578/17/1), que el martillero Carlos Miguel Bruno (CUIT 20-08392455-2) subastará el 28 de Junio de 2.019, a las

10:15 horas en punto en la Sede de la calle Jean Jaures 545 de esta Ciudad, UN AUTOMOTOR marca Citroën,

Sedán de 5 puertas modelo C3 Picasso 1.6I 16V SX del año 2013, dominio MFS-595 en el estado en que encuentra

y que se exhibe en el garaje sito en la calle Lavalle 1667 de esta Cuidad, los días 26 y 27 Junio, de 14 a 16 horas.

El comprador en el acto de la subasta deberá declarar su posición frente al IVA, y tributar en su caso la suma

correspondiente. Esta venta se realiza AL CONTADO Y AL MEJOR POSTOR, BASE $ 140.000, - + IVA, COMISION

10% Y ARANCEL CSJN 0,25%, todo en dinero en efectivo en el acto de la subasta, debiendo el comprador

constituir domicilio en la jurisdicción del Juzgado, y el saldo de precio deberá ser depositado dentro del quinto

día de aprobada la subasta sin necesidad de otra notificación ni intimación, bajo apercibimiento del Art. 580 del

CPCCN. Se encuentra prohibida la compra en comisión del bien puesto a subasta como así también la ulterior

cesión del boleto que se extienda. Se presume que los oferentes tienen debido conocimiento de las constancias

del expediente. Las deudas que registre el automotor por multas y patentes hasta la fecha del decreto de quiebra

deberán ser verificadas de acuerdo a la normativa concursal (art. 32 LCQ), aquellas devengadas entre el decreto

de quiebra y la entrega de la posesión quedan a cargo de la masa (art. 240 LCQ). Finalmente, las devengadas con

posterioridad a la posesión serán a cargo del adquirente. Buenos Aires, 06 de Junio de 2019. FDO: THELMA L.

LOSA (Secretaria) SEBASTIAN I SANCHEZ CANNAVO Juez - THELMA L LOSA SECRETARIA

e. 07/06/2019 N° 40395/19 v. 10/06/2019