N° 6771/2018 Aviso del Boletín Oficial
IZQUIERDA POPULAR (IP)
Texto del aviso
IZQUIERDA POPULAR (IP)
El Juzgado Federal N° 1 de Salta con competencia electoral, a cargo del Dr. Julio Leonardo Bavio, hace saber que
en los autos caratulados “IZQUIERDA POPULAR (IP) s/RECONOCIMIENTO DE PARTIDO DE DISTRITO”, Expte.
CNE N° 6771/2018, que se tramitan ante estos estrados, se resolvió otorgar la personería jurídico política definitiva,
a la agrupación política antes mencionada, mediante resolución de fecha 10 de junio de 2.019. A tales efectos, se
transcribe a continuación la mencionada resolución:
///ta, 7 de junio de 2.019.
AUTOS Y VISTOS: Este Expte. N° CNE 6771/2018, caratulado “IZQUIERDA POPULAR (IP) s/ Reconocimiento de
Partido de Distrito”,
CONSIDERANDO:
I.- Que según constancias de fs. 116/117, en fecha 22 de abril de 2.019 se dictó sentencia otorgando a la agrupación
política en formación “Izquierda Popular (IP) ” la personería jurídico política en forma provisoria, en los términos del
art. 7 de la ley 23.298, Orgánica de los Partidos Políticos.
II.- Que con posterioridad a ello, y de conformidad con lo establecido en dicha resolución, la agrupación política
dió cumplimiento a todos los requisitos establecidos legalmente para el reconocimiento de la personería jurídico
política en forma definitiva (cfe. Art. 7 bis de la ley antes citada).
En efecto, a fs. 166 vta., primer apartado, consta que se tuvo por cumplido en término el recaudo de completar el
número mínimo de afiliaciones requerido, equivalente al 4 o/oo del total de los electores inscriptos en este Distrito
(cfe. Art. 7 bis, inc. “a”, ley 23.298). Asimismo, según se desprende de la documentación presentada a fs. 189/193,
se procedió a realizar las primeras elecciones internas de la agrupación política y a constituir sus autoridades
definitivas, de acuerdo a lo previsto en su Carta Orgánica (cfe. Art. 7 bis, inc. “b”, de la citada ley). Por último, a
fs. 119 y fs. 122, segundo apartado, se observa que oportunamente fueron presentados y rubricados por este
Juzgado Federal, los libros de Actas y contables que la ley requiere (cfe. Arts. 7 bis, inc. “c”, y 37, de la norma legal
mencionada y 21 de la ley 26.215).
En consecuencia, en mérito de lo expuesto,
RESUELVO:
I.- OTORGAR la personería jurídico política en forma definitiva a la agrupación política “IZQUIERDA POPULAR (IP) ”
de este Distrito Salta, en los términos establecidos por el art. 7 bis de la ley 23.298, y en consecuencia, DISPONER
que se tome nota del registro correspondiente,
II.- ADJUDICAR a la agrupación política de autos, de acuerdo a lo previsto en el Anexo de la Acordada CNE
N° 25/11, punto I, y punto II, inc. b), el número identificatorio 230 (doscientos treinta) como partido de Distrito.
III.- MANDAR que se practiquen las notificaciones de rigor a la Cámara Nacional Electoral, a la Dirección Nacional
Electoral del Ministerio del Interior, al Tribunal Electoral de la Provincia de Salta, y al Ministerio de Gobierno de la
Provincia. Publíquese por un (1) día en el Boletín Oficial de la Nación.
IV.- REGISTRÉSE, notifíquese. Fdo. JULIO LEONARDO BAVIO - Juez Federal. -
Secretaría Electoral, 10 de junio de 2019.- Fdo. JUAN PABLO ACOSTA SABATINI - Prosecretario Electoral. -
e. 14/06/2019 N° 41500/19 v. 14/06/2019