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N° 1381/2017 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL ECONÓMICO NRO. 7

Edictos Judiciales martes, 18 de junio de 2019

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL ECONÓMICO NRO. 7

SECRETARÍA NRO. 14

El Juzgado Nacional en lo Penal Económico N° 7, Secre¬taría N° 14, sito en Av. de los Inmigrantes 1950, piso

2°, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en la causa N° 1381/2017 (7335), caratulada “NEW GENERATION

ENTERTAINMENT S.A. SOBRE INFRACCIÓN LEY 24.769”, cita a prestar declaración indagatoria a NEW

GENERATION ENTERTAINMENT S.A. (C.U.I.T. No. 30-71151592-1), a fin de que comparezca, dentro del quinto

día de notificada, a las 10.00 horas, respectivamente, bajo apercibimiento de declarar su rebeldía, en caso de

incomparecencia injustificada. En el caso de la persona jurídica mencionada, deberá ser representada en ese

acto por el señor presidente y/o representante legal de la firma con poder especial para el acto. Asimismo, se

invita a la nombrada a proponer letrado defensor de conformidad con lo previsto por el art. 197 del C.P.P.N., y en

caso de que no lo hiciere, no pudiese solventarlo o el letrado propuesto no aceptare el cargo conferido, se dará

intervención al señor Defensor Oficial que por turno corresponda. Como recaudo legal se transcribe el auto que

así lo ordena: “Buenos Aires, 6 de junio de 2019… cítase a NEW GENERATION ENTERTAINMENT S.A. (C.U.I.T.

No. 30-71151592-1) … a prestar declaración indagatoria, dentro del quinto día de notificados, a las 10.00 y 11.00

horas, respectivamente, bajo apercibimiento de declarar su rebeldía …, en caso de incomparecencia injustificada.

En el caso de la persona jurídica mencionada, deberá ser representada en ese acto por el señor presidente y/o

representante legal de la firma con poder especial para el acto. Asimismo, invítese a los nombrados a proponer

letrado defensor de conformidad con lo previsto por el art. 197 del C.P.P.N., y en caso de que no lo hicieren, no

pudiesen solventarlo o el letrado propuesto no aceptare el cargo conferido, se dará intervención al señor Defensor

Oficial que por turno corresponda. A tales efectos, publíquense edictos por cinco días (art. 150 del C.P.P.N.)...”

FDO: JUAN P. GALVÁN GREENWAY, JUEZ. ANTE MÍ: MARÍA INÉS CARBAJALES, SECRETARIA. Buenos Aires, 11

de junio de 2019. JUAN P. GALVAN GREENWAY Juez - MARIA INES CARBAJALES SECRETARIA

e. 13/06/2019 N° 41838/19 v. 21/06/2019