W20 Argentina W20Argentina

N° 55936/2004 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 7

Edictos Judiciales REMATES JUDICIALES miércoles, 19 de junio de 2019

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 7

SECRETARÍA NRO. 13

Juzgado Nacional de Primera. Instancia en lo Comercial Nº 7 Secretaría Nº 13, sito en Av. Pte. Roque Sáenz Peña

1211, Piso 2º de esta Ciudad, comunica por DOS DIAS que en los autos caratulados: “RAMUNDO SANTIAGO S/

QUIEBRA S/ INCIDENTE DE VENTA DE INMUEBLE PARTIDO GENERAL RODRIGUEZ, MATRICULA 17573/84”

Ex. Nº 55936/2004/2, el martillero Daniela N. Zattara, rematará el día 27 de Junio de 2019 a las 11,15 hs. en Jean

Jaures 545 de esta Ciudad, el 100% del inmueble sito en el Pdo. de Gral. Rodriguez, Prov- de Bs. As. designado

en el plano 46-34-71 como Circ.: V; Sección V; Mzna: 10 “F”; Parcela: 16-A; Partida 89849; matrícula 38969 –

antecedente dominial matrícula 17573/84.Según constatación se trata de un Lote de Terreno de aprox. 400 m²,

BOLETÍN OFICIAL Nº 34.138 - Segunda Sección 109 Miércoles 19 de junio de 2019

sobre calle Allende entre las calles Andalgala y Añasco, en el barrio Pico Rojo, muy cercano al Acceso Oeste.

Consta de Superficie libre, y una construcción precaria sin terminar. Ocupado. La venta es Ad-Corpus al Contado

y al Mejor Postor. BASE: $ 112.500.- SEÑA: 30%. COMISION: 3% ARANCEL: 0,25%. SELLADO: 1.2% a cargo del

comprador. Todo en dinero efectivo en el acto de la subasta. Queda prohibida la compra en comisión y la ulterior

cesión del boleto. Los impuestos, tasas y contribuciones -sean éstos de carácter Nacional, Provincial o Municipal-

y cualquier otro gasto cuales fuera su concepto devengados con anterioridad al decreto de quiebra, el titular de

cada acreencia deberá peticionar -en el supuesto que aún no se hubiere hecho- la verificación correspondiente;

y los devengados a partir del decreto de quiebra serán a cargo de los adquirentes. El saldo de precio deberá

depositarse dentro de los cinco (5) días de aprobada la subasta sin necesidad de otra notificación ni intimación,

bajo el apercibimiento previsto en los arts. 580 y 584 del Código Procesal. Los adjudicatarios deberán integrar

el saldo de precio aún si se hubiere planteado cualquier objeción que impida la aprobación de la subasta, en el

supuesto que no lo hicieren y fueren rechazadas las objeciones deberá adicionarse al remanente del precio desde

el quinto día de realizada la subasta y hasta el efectivo pago, los intereses que fija el Banco de la Nación Argentina

-tasa activa- para sus operaciones de descuento a treinta (30) días. El comprador deberá constituir domicilio

dentro del radio del Juzgado. Se fija para exhibición el día 25 de Junio en el horario de 14,00 a 17,00 hs. Buenos

Aires, Junio 13 de 2019.

FERNANDO G. D´ALESSANDRO Juez - RODRIGO F. PIÑEIRO SECRETARIO

e. 18/06/2019 N° 42811/19 v. 19/06/2019