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N° 43427/19 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 38

Edictos Judiciales miércoles, 19 de junio de 2019

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 38

SECRETARÍA NRO. 132

Se hace saber que en el marco de la causa nro. 59.586/17, caratulada “Gini Juan Pablo s/ robo”, del registro del

Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional nro. 38, Secretaría nro. 132, se ha resuelto publicar edictos en el

Boletín Oficial por el término de 5 días a fin de citar a JUAN PABLO GINI- argentino, con DNI 28.907.093, nacido

el 21 de julio de 1981, hijo de Osvaldo Oscar Gini y de Aurelia Elena Ferrari, con último domicilio conocido en

Zuriviria 461, 6º piso, dpto. “G” de esta ciudad- a prestar declaración indagatoria. A continuación se transcribe

la parte pertinente de la aludida resolución:: “///nos Aires, 5 de junio de 2019...No habiendo podido obtener dato

alguno acerca de la actual ubicación del imputado Juan Pablo Gini, corresponde disponer la averiguación de su

paradero y posterior notificación del requerimiento del tribunal a su respecto -artículo 294 del C.P.P.N. (ver fs.

102/104vta. y 106) -, por cuanto no obran constancias del conocimiento de la existencia de la presente causa y,

por ende, mal pueden tenerse por reunidos los extremos del artículo 282 del C.P.P.N. En este sentido, corresponde

citar a Gini mediante edictos, los que deberán publicarse en el Boletín Oficial por el término de 5 días, a efectos

de dar cumplimiento con la declaración ordenada en autos. Asimismo, (...) corresponde librar oficio al Sr. Jefe de

la Policía Federal Argentina para que, habido que sea el imputado, se le notifique de la existencia de la presente

causa y del llamado a indagatoria, debiendo presentarse dentro del tercer día bajo apercibimiento, en caso de

inasistencia injustificada, de declararlo en rebeldía y ordenar su captura, pues estando fehacientemente notificado

su renuencia a comparecer no descansará ya en la ignorancia del proceso o de la citación cursada, sino en la

inequívoca intención de sustraerse a la acción de la justicia”. (Fdo: Dr.Alberto J. Baños- Juez interino. Ante mí:

FedericoRomero- Secretario) - Alberto Julio Baños Juez - Federico Romero Secretario

e. 19/06/2019 N° 43427/19 v. 26/06/2019