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N° 4427/2018 Aviso del Boletín Oficial

PARTIDO DEL TRABAJO Y DEL PUEBLO

Partidos Políticos miércoles, 19 de junio de 2019

Texto del aviso

PARTIDO DEL TRABAJO Y DEL PUEBLO

El Juzgado Federal N° 1 de Salta con competencia electoral, a cargo del Dr. Julio Leonardo Bavio, hace saber que

en los autos caratulados “PARTIDO DEL TRABAJO Y DEL PUEBLO s/READQUISICIÓN DE LA PERSONALIDAD

POLÍTICA”, Expte. CNE N° 4427/2018, que se tramitan ante estos estrados, se resolvió otorgar la personería política

definitiva, a la agrupación política antes mencionada, mediante resolución de fecha 11 de junio de 2.019. A tales

efectos, se transcribe a continuación la mencionada resolución:

///ta, 11 de junio de 2019.

AUTOS Y VISTOS: Para resolver este Expte. CNE N° 4427/2018 caratulado “PARTIDO DEL TRABAJO Y DEL

PUEBLO s/ personería como partido de Distrito”, y

CONSIDERANDO:

I.- Que por providencia de fs. 21/22 y vta., de fecha 29 de mayo de 2.018, se dio inicio al trámite de readquisición de

la personería jurídico política, como partido de distrito, se notificó al Sr. Fiscal Federal a fs. 39 vta., a otros distritos

a fs. 31/39 y se efectuaron las publicaciones correspondientes a fs. 28/30, fs. 41/43.

BOLETÍN OFICIAL Nº 34.138 - Segunda Sección 72 Miércoles 19 de junio de 2019

II.- Que a fs. 103, se tuvo por cumplido en término el recaudo de completar el número mínimo de afiliaciones

requerido, equivalente al 4 ‰ del total de los electores inscriptos en este Distrito Salta (cfe. art. 7 bis, inc. “a”,

ley 23.298). Asimismo, según se desprende de la documentación presentada en estas actuaciones a fs. 133/145,

procedió a realizar las primeras elecciones internas de autoridades y se tuvo por constituidas a sus autoridades

definitivas por providencia de fs. 147 vta., de acuerdo a lo previsto en la Carta Orgánica (cfe. art. 7 bis, inc. “b”, de

la ley antes mencionada).

Por último fs. 116 se observa que oportunamente fueron presentados y rubricados los libros de actas y contables

que la ley requiere (cfe. arts. 7 bis, inc. “c”, y 37 de la norma legal citada y art. 21 de la ley 26.215).

III.- Que a fs. 155, se agregó el dictamen del Señor Fiscal Federal que dictaminó a favor de la readquisición de la

personería política de la agrupación.

lo tanto, en mérito de lo expuesto, teniendo en cuenta lo dispuesto por el art. 53, primer apartado, de la ley 23.298.

RESUELVO:

I.- REHABILITAR la personería jurídico política del “PARTIDO DEL TRABAJO Y DEL PUEBLO”, como partido de

Distrito.

II.- HACER SABER a la agrupación política de autos, que de acuerdo con lo previsto en el Anexo de Acordada

Extraordinaria CNE N° 25/2011, puntos V y VII, le corresponde el número identificatorio 219 (doscientos diecinueve)

como partido de Distrito, y el número 74 (setenta y cuatro) como integrante del partido nacional, adjudicados en

oportunidad de obtener la personería jurídico política (conf. Resoluciones de fechas 7 de marzo y 20 de octubre

del año 2.014).

IV.- MANDAR que se efectúen las notificaciones de rigor a la Excma. Cámara Nacional Electoral, a la Dirección

Nacional Electoral del Ministerio del Interior, al Tribunal Electoral de la Provincia y al Ministerio de Gobierno,

Derechos Humanos y Justicia de la Provincia. Publíquese por 1 (un) día en el Boletín Oficial de la Nación.

V.- REGÍSTRESE, notifíquese.- Fdo. JULIO LEONARDO BAVIO - Juez Federal.-

Secretaría Electoral, 12 de junio de 2.019. Fdo. JUAN PABLO ACOSTA SABATINI - Prosecretario Electoral

e. 19/06/2019 N° 42366/19 v. 19/06/2019