N° 43521/19 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 10
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 10
SECRETARÍA NRO. 20
El Juz. Nac. de 1° inst. en lo Comercial 10, a cargo del Dr. Héctor Osvaldo CHOMER, Secretaría 20, a cargo de la
Dra. Fernanda A. Gómez, sito en Callao 635, P.B. C.A.B.A., comunica por dos (2) días que en los autos caratulados
“DECUZZI Pablo Omar s/Quiebra s/ Incidente de venta de Automotores” Expte. 43.940/2010/2, que el martillero
Darío Alejandro López, (CUIT 20-22885381-0) rematará el día 12/07/2019 a las 10:30 hs., en el salón de ventas
sito en la calle Jean Jaures 545 C.A.B.A., AD CORPUS el rodado dominio FAO 717, marca Peugeot, modelo
206 XR Premium 1.6, 5 puertas, año 2005, motor marca Peugeot N° 10DBTH0022650, chasis marca Peugeot
N° 8AD2AN6AD5G028287, con la base de $ 15.000; tiene un choque lateral frontal donde se puede apreciar rotura
de capot, paragolpe delantero, óptica, guardabarro y radiador, con faltante de batería, rueda de auxilio y stereo
cd, y no posee llaves, lo demás en buen estado. Condiciones de venta: Al contado, en dinero efectivo y al mejor
postor. Comisión 10% y arancel de subasta Acordada 10/99 y 24/00 CSJN: 0,25%, también en dinero efectivo y en
el acto del remate. El bien se enajenará en el estado en que se encuentre, señalándose que habiéndoselo exhibido
adecuadamente no se admitirán reclamos de ningún tipo. Se excluye la posibilidad de la compra en comisión y de
la cesión del boleto de compra-venta, haciéndose saber al martillero que la adjudicación y extensión del respectivo
instrumento deberá recaer en la persona que efectivamente realice la mejor oferta. En caso de adeudarse tasas,
impuestos, patentes o contribuciones, los que correspondan al período anterior al decreto falencial deberán ser
objeto de petición verificatoria; los impuestos inherentes al período comprendido entre la declaración de quiebra
y las fechas de entrega de posesión serán reconocidos como acreencias de la quiebra y serán solventados con
la preferencia que corresponda; y, los devengados con posterioridad a la toma de posesión estarán a cargo
de los adquirentes. El martillero podrá entregar el rodado previo pago del precio total (cpr.: 574), que deberá
realizar el comprador con arreglo a lo dispuesto por el cpr.: 564. El martillero deberá efectuar la entrega de la
posesión del bien al adquirente y deberá notificar fehaciente y extrajudicialmente al mismo el lugar, día y horario
de la entrega de la posesión. Hácese saber que en caso de incomparecencia del adquirente regularmente citado
quedará fictamente entregada la posesión en la fecha programada para la entrega. No se encuentra alcanzado
por el I.V.A. según lo dicho por el martillero. EXHIBICIÓN: los días 4, 5 y 8 de julio de 2019 de 15 a 17 hs. en la
calle Ferré 2880, casi esquina San Pedrito, CABA. Consultas al martillero al teléfono 155-094-8583. Publíquese sin
previo pago (conf. ley 24.522: art. 273 “8”). Buenos Aires, a los 18 días del mes de junio de 2019. Fernanda Andrea
Gomez Secretaria Hector Osvaldo Chomer Juez - Fernanda Andrea Gomez Secretaria
e. 19/06/2019 N° 43521/19 v. 21/06/2019