N° 4165/2019 Aviso del Boletín Oficial
FRENTE DE IZQUIERDA Y DE TRABAJADORES - UNIDAD
Texto del aviso
FRENTE DE IZQUIERDA Y DE TRABAJADORES - UNIDAD
El Juzgado Federal número 1 con Competencia Electoral, Distrito Córdoba, a cargo del Juez Federal, Dr.
Ricardo Bustos Fierro, Secretaría Electoral a cargo de la Dra. Marcela Martínez Paz, hace saber que en los autos
caratulados: “FRENTE DE IZQUIERDA Y DE TRABAJADORES – UNIDAD S./ RECONOCIMIENTO DE ALIANZA
ELECTORAL – DISTRITO CÓRDOBA – ELECCIONES 2019”, Expte. CNE Nº 4165/2019, se ha dictado la siguiente
resolución: “//doba, 13 de junio de 2019. Proveyendo el escrito que antecede; por presentada la Alianza de Distrito
“FRENTE DE IZQUIERDA Y DE TRABAJADORES - UNIDAD”, integrada por las agrupaciones políticas Cordobés
del Obrero, De Trabajadores por el Socialismo, Izquierda por una Opción Socialista, Movimiento Socialista de los
Trabajadores y Nueva Izquierda. Por constituido el domicilio a los fines legales en calle Entre Ríos N° 85, 1° piso,
Of. 1, de esta Ciudad. Agréguese en autos el Acta Constitutiva; Acuerdo de Distribución de Fondos, las actas
partidarias que autorizan la conformación de la presente alianza de Distrito; el Reglamento Electoral, Plataforma
Electoral y logo acompañado. Téngase como apoderados de la agrupación a Jorge Navarro DNI 28.117.159 con
domicilio electrónico constituido con CUIL 2281171594; Osvaldo Mealla DNI 27.725.802 en representación del
partido Cordobés del Obrero; Guillermo Torrent DNI 28.767.063; Lorenzo Labat DNI 14.944.980 con domicilio
electrónico constituido con CUIL 23149449809, en representación del partido De Trabajadores por el Socialismo;
Norberto Piñon DNI 7.779.360; Ana Cartechini DNI 12.669.561 en representación del partido Izquierda por una
Opción Socialista; Marcelo Maceira DNI 28.654.826 y María Gabriela Fierro DNI 32.338.887, en representación
del partido Movimiento Socialista de los Trabajadores y Nueva Izquierda, quienes actuaran en forma conjunta
con la firma de al menos un apoderado de cada partido. (punto 6° del acta constitutiva de alianza). Asimismo, la
agrupación deberá dar cumplimiento a lo dispuesto por las Acordadas 31/11; 38/13 y 11/14de la Corte Suprema de
Justicia de la Nación, respecto de la incorporación de archivos en formato digital. De conformidad con lo dispuesto
por el art. 14 de la Ley 23.298, notifíquese a las agrupaciones políticas reconocidas y en formación del distrito y
al señor Procurador Fiscal, a efectos de las oposiciones que pudieren formular a la denominación de la Alianza
“FRENTE DE IZQUIERDA Y DE TRABAJADORES - UNIDAD”, adoptada por la agrupación de autos. Asimismo, y
con idéntico fin, publíquese por el término de tres días en el Boletín Oficial de la Nación y comuníquese a la Excma.
Cámara Nacional Electoral la presentación efectuada. Notifíquese. –“ Dr. Ricardo Bustos Fierro Juez - Dra. Marcela
Martinez Paz Secretaria Electoral
e. 21/06/2019 N° 43363/19 v. 25/06/2019