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N° 17621/2013 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 17

Edictos Judiciales REMATES JUDICIALES martes, 25 de junio de 2019

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 17

SECRETARÍA NRO. 34

El Juzgado Nacional de 1ra. Instancia en lo Comercial N° 17, a cargo del Dr. Federico A. Guerri, Sec. N° 34, a mi

cargo, sito en M. T. de Alvear 1840, Piso 3º, de la CABA, hace saber por dos (2) días en los autos “GRAK SA S/

QUIEBRA” (Exp. Nº 17621/2013) que la martillera Susana Haydee Mugnai (CUIT 27-10831315-9) (Tel. 11-6812-4884

/ 11-5869-9538), rematará el día 16.07.19 a las 10:30 hs. en la oficina de Subastas Judiciales sita en la calle Jean

Jaures 545 CABA, el 100% y de forma conjunta los siguientes inmuebles DESOCUPADOS Y AD-CORPUS: Lote

Doce b, Manz. “C”, sito en Partido de Lanús, Pcia. de Buenos Aires con frente a la calle Presidente Sarmiento

643, entre Bolaños y Pasaje Villanueva, N.C.: Circ. II, Sec. A, Mza. 72, Parc. 11a, matrícula 7771; y Lote Nueve,

Manzana “C”, sito en Partido de Lanús, Pcia. de Buenos Aires con frente a la calle Presidente Sarmiento 643, entre

Bolaños y Pasaje Villanueva, N.C.: Circ. II, Sec. A, Mza. 72, Parc. 11a, matrícula 7772: BASE U$S 122.349,00.-

Los inmuebles se comunican internamente, se encuentran desocupados y en regular estado de conservación.

EXHIBICION: días 10 y 11 de julio de 2019 de 15:00 a 17:00hs. CONDICIONES DE VENTA: al contado en efectivo y

al mejor postor. SEÑA: 30%. COMISION: 3%. Sellado de ley, IVA que corresponda y 0,25% de arancel dispuesto

por Ac. CJSN 24/00, a cargo del comprador y en el acto del remate. El comprador deberá constituir domicilio en

el radio del juzgado. Se deja constancia de que el adquirente podrá efectuar el pago de la seña como así también

el de cancelación del saldo de precio en pesos, atendiendo la cotización de la divisa norteamericana al tiempo

de tener que efectuar los mismos. El saldo de precio deberá abonarse a los cinco días de aprobada la subasta

sin necesidad de interpelación alguna. Ello, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento, y sin necesidad de

intimación alguna, de considerarlo postor remiso y responsable en los términos del art. 584 del Cód. Procesal. Se

aceptarán ofertas bajo sobre en los términos del art 104.6 del Reglamento para la Justicia Comercial, las que serán

admitidas hasta cuatro (4) días antes de la subasta. Queda prohibida la compra en comisión, así como la ulterior

cesión del boleto de compraventa que se extienda. Se deja constancia que las sumas adeudadas por tasas,

impuestos o contribuciones, agua corriente y otros servicios, anteriores a la fecha del decreto de quiebra deberán

ser verificadas por los entes acreedores, y las que resulten posteriores, hasta la fecha de toma de posesión se

encuentran a cargo de la quiebra y gozarán del privilegio previsto por el art. 240 de la LCQ. El comprador deberá

tomar posesión dentro del plazo de 20 días de dispuesta la misma, bajo apercibimiento en caso de no hacerlo

que serán a su cargo las cargas que pesen sobre el bien a partir de dicha fecha. Asimismo, se encuentran a cargo

del comprador la totalidad de los gastos que demande la transferencia del dominio de los bienes a su nombre.

Publíquese edicto por dos (2) días en el “BOLETIN OFICIAL”. Buenos Aires, 21 de junio de 2019.-

FERNANDO DELGADO SECRETARIO

e. 25/06/2019 N° 44645/19 v. 26/06/2019