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N° 43660/19 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 38

Edictos Judiciales jueves, 27 de junio de 2019

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 38

SECRETARÍA NRO. 132

El 13 de junio de 2019, en el marco de la causa nro. 77.402/18, caratulada “Tabera Alejandra Elizabeth s/ lesiones

leves”, del registro del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional nro. 38, Secretaría nro. 132, se resolvió

citar a ALEJANDRA ELIZABETH TABERA (argentina, titular del D.N.I. 21.363.281, nacida el 2 de marzo de 1976

hija de Liliana del Carmen, domiciliada en Rosario Vera Peñaloza 450, piso 8º, departamento 809, de esta ciudad)

a prestar declaración indagatoria (art. 294 del C.P.P.N.), mediante publicación de edictos en el Boletín Oficial,

por el término de 5 días. A continuación se transcribe la parte pertinente de dicha resolución: “///nos Aires, 13 de

junio de 2019 (...) Entiendo entonces adecuado, en primer lugar, disponer la averiguación del paradero de Tabera

y posterior notificación fehaciente del requerimiento del tribunal a su respecto -artículo 294 del C.P.P.N. (ver fs.

52/53 y 54) -, por cuanto no obrarían constancias del conocimiento efectivo de la existencia de la presente causa

y de las consecuencias que podría acarrear su incomparecencia a su convocatoria, por ende, no podrían tenerse

por reunidos los extremos del artículo 282 del C.P.P.N. En este sentido, corresponde citar a Tabera mediante

edictos, los que deberán publicarse en el Boletín Oficial por el término de 5 días, a efectos de dar cumplimiento

con la declaración ordenada en autos. Asimismo, (...) considero que corresponde librar oficio al Sr. Jefe de la

Policía Federal Argentina para que, habida que sea la imputada, se le notifique de la existencia de la presente

causa y del llamado a indagatoria, debiendo presentarse dentro del tercer día bajo apercibimiento, en caso de

inasistencia injustificada, de declararla en rebeldía y ordenar su captura, pues estando fehacientemente notificado

su renuencia a comparecer no descansará ya en la ignorancia del proceso o de la citación cursada, sino en la

inequívoca intención de sustraerse a la acción de la justicia. (Fdo: Dr. Alberto J. Baños- Juez interino. Ante mí:

Federico Romero- Secretario) Alberto Julio Baños Juez - Federico Romero Secretario

e. 21/06/2019 N° 43660/19 v. 27/06/2019