N° 45222/19 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 25
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 25
SECRETARÍA NRO. 50
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N° 25 a cargo del Dr. Horacio Francisco Robledo,
Secretaria 50 a mi cargo, sito en Av. Callao 635 4º piso de Capital Federal, comunica por dos días en los autos
“LISTINGART DIEGO RODRIGO C/ BORDA NOGALES, CARMEN ROSA S/ EJECUTIVO” Expte. 2103/2018 que
el Martillero Oscar A. Luchetti rematará el día 16 de Julio de 2019 a las 11.45 hs (en punto) en Jean Jaures 545
de CABA, un lote de terreno baldío sito en calle A. Greco 2915 esquina A. Storni 1391, Villa Celina, Partido de La
Matanza, Pcia de Buenos Aires. Superficie 402,03 m2. Nomen. Catastral: VIII, A, 42d; parc. 1a. Matricula 113.332.
Según mandamiento de constatación a Fs. 161 se trata de terreno baldío de forma triangular y desocupado, sin
mejoras, en estado de abandono y sin cerco perimetral. Venta ad corpus, al contado y al mejor postor; BASE
U$S 27.000.- SEÑA: 30%, COMISIÓN 3%, SELLADO de Ley 1,2%. ACORDADA 24/00 (C.S.J.N.): 0,25%. Todo
en dinero en efectivo en el acto de la subasta. DEUDAS: ARBA $ 6.505,50 al 02/10/18 a Fs. 104/105; Munic.
$ 17.976,24 a Fs 76/77 al 12/10/18. AySA: $ 17.587,02 a FS 114/115 al 23/10/18. El comprador deberá constituir
domicilio en jurisdicción del Juzgado, bajo apercibimiento de que en las sucesivas providencias se la tendrán por
notificadas en la forma y oportunidad previstas por el art. 41 del CPCC. El comprador deberá indicar en autos
dentro del tercer día de realizado el remate el nombre del eventual comitente con los recaudos establecidos por
el art. 571 del mismo código. Dentro del quinto día de aprobada la subasta, deberá depositar el saldo en el Banco
de la Ciudad de Buenos Aires, Sucursal Tribunales a la orden del suscripto y como perteneciente a los presentes
obrados, sin necesidad de otra notificación ni intimación, bajo apercibimiento de lo previsto por el art. 580 del
CPCC. Los gastos que se devenguen en concepto de honorarios, sellados, impuestos y otros -aún aquellos que
pudieren estar a cargo de la parte vendedora-, que tengan directa vinculación con las transferencias de dominio
a realizarse oportunamente a favor del adquirente en pública subasta, incluyendo entre otros, a las diligencias
tendientes a la inscripción registral del bien, al levantamiento de medidas cautelares o cancelación de hipotecas
estarán a cargo exclusivamente del comprador. Hágase saber que el pago de las deudas que registre el inmueble
en concepto de expensas o contribución, incluso las devengadas con anterioridad a la adquisición, se regirá por lo
normado en el art. 2049 del CCCN. Hágase saber a los interesados que, a los fines de tomar conocimiento de las
condiciones de venta, deberán concurrir por Secretaría a consultar las constancias del expediente EXHIBICIÓN:
Libre. Buenos Aires, 25 de Junio de 2019.
HORACIO FRANCISCO ROBLEDO Juez - FEDERICO HERNAN CAMPOLONGO SECRETARIO
e. 01/07/2019 N° 45222/19 v. 02/07/2019