N° 46809/19 Aviso del Boletín Oficial
METROGAS S.A.
Texto del aviso
METROGAS S.A.
Por reunión de Directorio del 26 de junio de 2019, se decidió modificar los siguientes Artículos del Reglamento del
Directorio.
5) RESPONSABILIDAD. Los Directores responden ilimitada y solidariamente hacia la Sociedad, los accionistas y
los terceros, por el mal desempeño de sus cargos, así como por violación de la ley, del Estatuto, del Reglamento
o por decisión asamblearia.
6) ASUNTOS PARA CONSIDERACIÓN DEL DIRECTORIO. El Directorio cuenta con los más amplios poderes y
atribuciones para la administración, dirección y organización de la Sociedad sin otras limitaciones que las que
resulten de las normas aplicables, el Estatuto y/o el Reglamento. Adicionalmente a los deberes y atribuciones
dispuestos por la normativa aplicable tales como aprobación de (i) estados contables (anuales y/o trimestrales) y
documentación complementaria y/o relacionada a sociedades controladas; (ii) contratos con partes relacionadas;
y/o (iii) pautas y metodología para la recuperabilidad de activos, y sin perjuicio de la intervención de órganos ajenos
BOLETÍN OFICIAL Nº 34.146 - Segunda Sección 56 Martes 2 de julio de 2019
al Directorio, serán sometidos a consideración del Directorio de la Sociedad los siguientes asuntos: a) Aprobación
del presupuesto anual; b) Tomar en préstamo cualquier suma en la medida que (i) el Pasivo financiero exceda
en cualquier momento un 60% el valor total del Activo según último balance aprobado, (ii) el capital solicitado
en cada préstamo exceda en cualquier momento un monto máximo total adeudado de US$ 10.000.000; o (iii)
exceda el plazo de un (1) año; excepto que cualquiera de los tres supuestos precedentes se verificaran en el
marco de la reestructuración y/o renegociación, y/o a los efectos de la cancelación total o parcial, de un préstamo
oportunamente aprobado por el Directorio y siempre que ello no implicare tomar deuda en exceso del monto así
aprobado; c) Compraventa de inmuebles; d) Arrendamiento de inmuebles propios y/o constitución de derechos
reales sobre los mismos; e) Efectuar préstamos, adelantos y/u otorgar créditos (distintos del crédito comercial
normal) por una suma superior a 5% del valor del Activo según el último balance aprobado; f) Otorgar garantías
o indemnizaciones para garantizar las deudas u obligaciones de cualquier tercero; g) En caso de no haber sido
incluido e identificado en el presupuesto aprobado, celebrar o terminar contratos o compromisos que impliquen
gastos superiores a US$ 1.000.000 en un año o en relación con cualquier proyecto; h) Celebrar o terminar contratos
o compromisos que pudieran exceder en más del 15% del monto establecido en el presupuesto anual aprobado
para dicho contrato o compromiso (se excluyen los contratos plurianuales cuyos términos y condiciones sean
similares a los incluidos en el presupuesto anual aprobado correspondiente al primer año de vigencia del contrato);
i) Entablar acciones legales contra el Estado Nacional, celebrar acuerdos o conciliaciones tanto en sede judicial
como administrativa (excepto moratorias impositivas) y/o en arbitrajes con éste; j) La creación y disolución de
comités designados en el ámbito del Directorio y la aprobación de sus reglamentos internos; y k) Cualquier otro
asunto que de acuerdo con la normativa aplicable o los Reglamentos de los órganos vinculados a la Sociedad
deban ser considerados por el Directorio.
9) SECRETARÍA DEL DIRECTORIO. La Secretaría del Directorio estará a cargo del Director de Asuntos Legales
y Regulatorios de la Sociedad quién será responsable de todos los asuntos legales y administrativos referidos
al funcionamiento del Directorio. En ausencia del Director de Asuntos Legales y Regulatorios, lo reemplazará el
Gerente de Asuntos Legales y/o quién este designe.
10.4 ORDEN DEL DÍA
El Orden del Día de las reuniones será preparado por el Presidente. Los Directores y Síndicos podrán proponer la
inclusión de temas en el Orden del Día con tres (3) días de anticipación a la reunión o en ocasión de solicitar una
reunión de Directorio.
10.5 DESARROLLO DE LAS REUNIONES. La presidencia de las reuniones estará a cargo del Presidente del
Directorio quién tendrá la facultad de proponer el cierre del debate y pase a votación. El Directorio sesionará
con la presencia de la mayoría absoluta de los miembros que lo componen y tomará resoluciones por mayoría
de votos presentes. En caso de empate en la votación, el Presidente o quien lo reemplace tendrá un voto más
para desempatar. A las reuniones asistirán los Directores titulares y los miembros de la Comisión Fiscalizadora.
Asimismo, asistirá la Secretaría del Directorio. El Presidente podrá requerir la presencia de los Gerentes de la
Sociedad cuando lo considere necesario quiénes deberán asistir a los efectos correspondientes.
12) CODIGO DE ÉTICA Y CONDUCTA
El Directorio aprobará un Código de Ética y Conducta aplicable a sus miembros, a la Comisión Fiscalizadora y a
los empleados de MetroGAS, así como a los contratistas, sub-contratistas, proveedores y socios de negocios que
mantengan una relación comercial y/o profesional con MetroGAS y/o sus controladas.
13) COMITÉ DE AUDITORIA. En el ámbito del Directorio se desempeñará el Comité de Auditoría cuyo funcionamiento
será de acuerdo con la normativa aplicable y con el “Reglamento del Comité de Auditoría” que será aprobado por
el Directorio.
14) ALCANCE E INTERPRETACIÓN. El Reglamento tendrá el alcance de un procedimiento de funcionamiento
interno para el Directorio y no condicionará la validez de los actos del mismo en tanto se ajusten a la normativa
aplicable y al Estatuto.
Designado según instrumento privado acta directorio 564 de fecha 25/4/2019 fernando oscar ambroa - Presidente
e. 02/07/2019 N° 46809/19 v. 02/07/2019