N° 47249/19 Aviso del Boletín Oficial
ARQ3 S.R.L.
Texto del aviso
ARQ3 S.R.L.
Comunica que según Reunión de Socios del 3.1.2019, se resolvió: (i) aumentar el capital social en la suma de
$ 25.000, de la suma de $ 50.000 a la suma de $ 75.000, y reformar el artículo 4° del Contrato Social. Capital Social:
$ 75.000; y (ii) reformar la cláusula tercera del Contrato Social quedando así redactada: Tercera: La Sociedad
tiene por objeto dedicarse por cuenta propia, o de terceros, o asociada a terceros, en el país o en el exterior,
mediante contrataciones directas o por medio de licitaciones públicas o privadas, las siguientes actividades: A)
CONSTRUCTORA: 1. La proyección, construcción, dirección, administración, ejecución, realización, reparación
y mantenimiento de todo tipo de obras civiles e industriales, públicas y privadas, de cualquier naturaleza sean
viales, hidráulicas, energéticas, de desagüe, edificios y todo tipo de obra de ingeniería y arquitectura, inclusive
montajes industriales como también instalaciones sanitarias, eléctricas y de gas, urbanizaciones, pavimentaciones,
infraestructuras, y construcción de condominios y edificios urbanos destinado a vivienda, oficinas y establecimientos
comerciales e industriales de cualquier tipo, sea o no bajo el régimen de la Ley 13.512 y sus modificaciones; la
ejecución del objeto a través o mediante las figuras admitidas por la legislación argentina, incluido el fideicomiso
calidad de fiduciante, fiduciario, fideicomisario y/o beneficiario, el leasing, el aporte de capital de sociedades por
construir o ya construidas; 2. Fabricación, comercialización y distribución de toda clase de productos y materiales
para la construcción y relacionados con esta. B) INMOBIALIARIAS: mediante la compra, venta, permuta, dación en
pago, alquiler, arrendamiento, fraccionamiento, urbanización, administración, comercialización, y comisión de toda
clase de inmuebles urbanos y suburbanos de propiedad de la Sociedad o de terceros, sea o no bajo el régimen
de la Ley de Propiedad Horizontal y sus modificaciones, o del que en el futuro lo complemente o sustituya la
administración de inmuebles propios o de terceros. C) FINANCIERAS: mediante el aporte de capitales a personas,
empresas y sociedades por acciones constituidas o a constituirse, del país o del extranjero, para la concertación
de operaciones realizadas o a realizarse; la colocación y enajenación de fondos y capitales en pesos, moneda
extranjera, u oro amonedado o no en todo tipo de operaciones financieras con exclusión de las comprendidas en
la Ley que regula la materia y toda otra que requiera el concurso público, el otorgamiento de préstamos a interés y
financiaciones y crédito a corto, mediano y largo plazo; la compra, venta y negociación de títulos, bonos, acciones,
letras de tesorería y toda clase de valores mobiliarios y papeles de crédito públicos y privados; el otorgamiento de
garantías reales o personales a favor de terceros a cuyo efecto la sociedad podrá constituirse en codeudora, en
BOLETÍN OFICIAL Nº 34.147 - Segunda Sección 27 Miércoles 3 de julio de 2019
avalista, en fiadora o de cualquier otro modo en garante conforme a derecho; podrá, en consecuencia, constituir
hipotecas y/o gravámenes sobre bienes de su propiedad al par que constituirse en lisa, llana y principal pagadora
y solidariamente responsable con el deudor por el incumplimiento por este de las obligaciones que la sociedad
hubiere garantizado de la manera precipitada; y siempre que medie respecto de todo ello una previa y expresa
decisión de la Gerencia. Las actividades detalladas en los apartados B) y C) más arriba tienen relación o están
asociadas con el objeto principal de la Sociedad que describe en el aparatado A). Toda actividad que en virtud
de la materia haya sido reservada a profesionales con títulos habilitante será realizada por medio de estos. A tal
fin, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y llevar a cabo todos
los actos que no sean prohibidos por las leyes y este Estatuto. Autorizado según instrumento privado Reunion de
Socios de fecha 03/01/2019
Constanza Paula Connolly - T°: 79 F°: 579 C.P.A.C.F.
e. 03/07/2019 N° 47249/19 v. 03/07/2019