N° 48420/19 Aviso del Boletín Oficial
FS PRINT & PROJECTS S.A.
Texto del aviso
FS PRINT & PROJECTS S.A.
Por Asamblea General Extraordinaria del 12.04.2019 se resolvió: (i) reformar el artículo tercero del estatuto social,
el cual queda redactado de la siguiente manera: ARTÍCULO TERCERO: Objeto: La sociedad tiene por objeto
dedicarse a los siguientes negocios, por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros: a) Comerciales:
mediante la realización como consignataria, comisionista, mandataria, representante de toda clase de operaciones
de compra, venta, trueque, permuta, locación, leasing, depósito, fraccionamiento, exportación, importación e
intermediación de materias primas y artículos manufacturados, en el tráfico de la industria gráfica digital, productos
químicos y plásticos, industriales y medicinales, comestibles, materiales de goma, pulpa y papel, maquinaria
pesada, para la construcción, para la industria agropecuaria, para el transporte, para energía eléctrica y nuclear,
industrial, eléctrica y sistemática, petróleo y gas, máquinas-herramienta, automotores, rodados, repuestos,
equipos industriales, electrónicos, maquinaria textil, maquinaria alimenticia, máquinas gráficas digitales, para
navíos, metales de todo tipo, productos textiles de todo tipo, participar en la intermediación de las materias primas
y artículos manufacturados o industrializados de todo tipo de industria y participar en sociedades y empresas
que tengan un objeto similar; b) Industriales: Mediante la intervención en la planificación, organización, montaje,
incluyendo las obras civiles y puesta en marcha de plantas, equipos, maquinarias e instalaciones para la industria
gráfica digital y en general, elaboración y transformación de pulpa de madera, de fibra vegetal, fabricación de
papel, de insumos para la industria gráfica digital, actividades metalúrgicas en general, actividad alimenticia,
gráfica y de plástico, fabricación y comercialización de productos agroquímicos y cualquier otro relacionado con
la industria agropecuaria y afines; c) Financieras: Mediante aportes, otorgamiento de créditos o facilitación de
capitales a particulares, entidades sociedades constituidas o a constituirse, para negocios y obras a realizarse o
realizadas, tomando o no dinero en préstamo, constitución, transferencia o administración de hipotecas o prendas,
compra venta o prenda de acciones o títulos públicos o privados y otros valores. Quedan excluidas las operaciones
previstas en la Ley N° 18.061y/o sus modificatorias y aquellas para las que se requiera el concurso del ahorro
público. Fusionarse con otras sociedades similares o incorporar a estas mediante absorción, adquirir en todo o
en parte fondos de comercio, librar, aceptar, endosar, descontar, adquirir, enajenar, ceder, negociar de cualquier
modo, amortizar, cancelar o renovar en los Bancos en general y en especial, en los de la Nación Argentina,
Hipotecario Nacional, International and Commercial Bank of China, Central de la República Argentina, Provincia de
Buenos Aires, o con cualquier persona, compañía, sociedad o entidad pública o privada del país o del extranjero,
sin limitación de tiempo ni de cantidad, letras de cambio, pagarés, giros, vales, cheques, títulos de renta, bonos
o cédulas hipotecarias y demás documento de crédito público o privado o papeles comerciales, intervenir como
girante, aceptante, endosante o en cualquier otro carácter girar en descubierto hasta las sumas autorizadas por
los establecimientos bancarios oficiales o particulares, abrir o clausurar cuentas corrientes, fijar sus saldos activos
y/o pasivos, solicitar libretas de cheques y dar conformidades delas mismas; Préstamo: tomar en préstamo dinero,
cédulas, bonos u otros valores cotizables de los bancos en general, y en especial en los de la Nación Argentina,
Hipotecario Nacional, International and Commercial Bank of China, Central de la República Argentina, Provincia de
Buenos Aires, o con cualquier persona, compañía, sociedad o entidad pública o privada del país o del extranjero,
mediante la adquisición de títulos o valores cotizables, ajustar en cada caso las condiciones de la operación y la tasa
de interés y la forma de pago; d) Inmobiliarias: Mediante la compra venta, permuta, alquiler, leasing, explotación,
construcción y administración de toda clase de inmuebles, tanto urbanos como rurales, fraccionamiento de loteos,
terrenos, urbanizaciones y colonizaciones, así como también la realización de toda clase de operaciones previstas
en las leyes y reglamentaciones sobre propiedad horizontal, intervenir y ser parte en operaciones de leasing, ya sea
como proveedor, dador o tomador de bienes en leasing o en cualquier otro concepto; e) Agropecuarias: Mediante la
explotación en todos sus aspectos de actividades relacionadas con la agricultura y la ganadería, establecimientos
frutícolas, cultivos forestales y de granja; f) Mobiliarias: Adquirir el dominio de toda clase de bienes muebles, aún
los registrables, créditos, derechos, títulos cotizables, marcas, patentes de invención, mercaderías y otros valores
y efectos por cualquier título oneroso y enajenar a título oneroso los bienes de la misma naturaleza que formen
el patrimonio social, celebrar contratos de locación como locador o locatario sobre los mismos, intervenir y ser
parte en operaciones de leasing, ya sea como proveedor, dador o tomador de bienes en leasing o en cualquier otro
concepto, con facultad para pactar en cada caso las modalidades, condiciones, cláusulas, precios y formas de
pago al contado o a plazos, y tomar o dar posesión de las cosas materia de la convención o del acto; g) Informática
y telecomunicaciones: Realizar por cuenta propia o de terceros el desarrollo de actividades de integración para las
áreas informáticas y de telecomunicaciones de servicios integrados (audio datos e imagen), a brindarse a través
de los segmentos terrestres y/o satelitales en el orden nacional y/o internacional. A tal fin, podrá desarrollarse
tareas de asesoramiento, capacitación, investigación, publicidad y publicación empresaria y técnico-científica y
BOLETÍN OFICIAL Nº 34.149 - Segunda Sección 8 Viernes 5 de julio de 2019
comercialización de productos relacionados con esta actividad. Representaciones institucionales, en las áreas de
las actividades citadas, de organizaciones nacionales y/o extranjeras, públicas o privadas. Para su cumplimiento,
la sociedad tiene plena capacidad jurídica para contraer obligaciones, adquirir derechos y realizar todos los actos
jurídicos que no estén prohibidos por las leyes que reglamenten esta actividad; h) Otros: Aceptar y cancelar
prendas comerciales o hipotecas, exigir o extinguir fianzas, avales, cauciones, arraigos, declaraciones juradas
y demás garantías personales, pudiendo cancelarlas. Otorgar y firmar las escrituras e instrumentos públicos o
privados que fueren necesarios para efectuar los actos enumerados con los requisitos propios de la naturaleza de
cada acto o contrato y las cláusulas o condiciones especiales que sus mandatarios pactaren, constituir domicilios
especiales. Participar en todo acto licitatorio de organismos e instituciones tanto públicas como privadas, y del
orden nacional o internacional, por sí o asociadas a otras empresas. Para el cumplimiento de sus fines, la sociedad
podrá realizar todos los actos y contratos que se relacionen directa o indirectamente con los objetos sociales. A
tal fin, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos
que no sean prohibidos por las leyes o por este estatuto”; (ii) reformar el artículo 4º con relación al capital social
sin variación del mismo y artículo 7° con relación a la administración de la sociedad y (iii) aprobar el nuevo texto
ordenado del contrato social. Autorizado según instrumento privado Asamblea General Extraordinaria de fecha
12/04/2019
Nicolas Usandivaras - T°: 117 F°: 775 C.P.A.C.F.
e. 05/07/2019 N° 48420/19 v. 05/07/2019