N° 49015/19 Aviso del Boletín Oficial
POLINOMIOS S.R.L.
Texto del aviso
POLINOMIOS S.R.L.
Complementario de aviso 45496/19 del 27/06/2019 (publicación original).Por instrumento privado de fecha
04/07/2019 se modifica artículo tercero del contrato constitutivo por observación del objeto social en expediente
IGJ 1.943.539 / 9.043.317, quedando redactado así: “La Sociedad tiene por objeto principal, la realización por
cuenta propia, de terceros, o asociada o en representación de terceros, las siguientes actividades: Prestación,
comercialización, distribución, instalación, mantenimiento, servicio técnico y soporte de servicios de marketing,
desarrollo e implementación de software, investigación de mercado, actividades promocionales, producción
de eventos, diseño de páginas de internet (diseño web) y diseño gráfico en general; realización, desarrollo,
comercialización (a través de una fuerza de ventas propia o de terceros, ya sea presencial, a través de call center y/o
mediante plataformas y/o aplicaciones de comercio electrónico), producción, y ejecución de publicidad tradicional
o no tradicional en cualquier medio de comunicación, como radiodifusoras, televisión de aire, televisión por cable,
televisión digital, mediante plataformas digitales, internet y cualquier otro medio; promocionar y/o comercializar
por sí, y/o por cuenta y orden de terceros, servicios de cobertura médica y planes de salud y, productos financieros
como ser préstamos de todo tipo, tarjetas de crédito, cuentas corrientes y cajas de ahorro, toda clase de seguros,
a terceras personas sean físicas y/o jurídicas; todo lo referido anteriormente para empresas de medicina prepaga,
obras sociales, compañías de seguros, aseguradoras de riesgo de trabajo y afines, empresas y/o sociedades
comerciales, asociaciones civiles, fundaciones, organismos y/o reparticiones públicas nacionales, provinciales
y/o municipales, establecimientos religiosos y/o educativos, y/o cualquier otra entidad pública y privada, tanto
en la República Argentina como en el exterior del país. Las actividades precedentes podrán ser desarrolladas
en establecimientos propios y de terceros, o en forma ambulatoria, y cuando sea necesario, serán ejercidas
por profesionales con título habilitante. La sociedad podrá realizar todas aquellas actividades complementarias
y subsidiarias que se vinculen con su objeto social, teniendo para ello plena capacidad jurídica para adquirir
derechos y contraer obligaciones y ejercer todos los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este contrato.”
Autorizado según instrumento privado contrato social de fecha 25/06/2019
Mariano Pascual - T°: 86 F°: 793 C.P.A.C.F.
e. 11/07/2019 N° 49015/19 v. 11/07/2019