N° 50694/19 Aviso del Boletín Oficial
CLUB DE GIMNASIA Y ESGRIMA
Texto del aviso
CLUB DE GIMNASIA Y ESGRIMA
Señor Consocio: La Comisión Directiva del Club de Gimnasia y Esgrima convoca a los Sres. Socios a la Asamblea
General Extraordinaria a celebrarse el día 6 de Agosto de 2019, a las 19:00 hs, en la Sede Gral. San Martín, sita
en la Av. Figueroa Alcorta 5575, C.A.B.A., para considerar y resolver el siguiente: ORDEN DEL DIA 1. Designación
de dos (2) socios para firmar el Acta de la Asamblea conjuntamente con el Presidente y Secretario. 2. Aprobación
en particular de los artículos que se proponen reformar. 2.1. Artículos que se modifican: Artículo 8º inciso b): Texto
actual: Son socios honorarios con todas las prerrogativas de los socios activos: a) El Sr. Presidente de la Nación,
con carácter de Presidente Honorario; b) Las demás personas a quienes se confiera ese título en Asamblea general
Ordinaria, a iniciativa de la Comisión Directiva o a pedido escrito de no menos de mil socios activos, presentado
antes del treinta de junio del año de realización de Asamblea. Texto propuesto: b) Las demás personas a quienes
se confiera ese título en Asamblea General Ordinaria, a iniciativa de la Comisión Directiva o a pedido escrito de no
menos de mil socios activos, presentado antes del 31 de diciembre del año de realización de Asamblea. Artículo
43º inciso d): Texto actual: Presentar anualmente la Memoria y Balance al día 30 de junio, ante el organismo oficial
correspondiente, publicándola en lugares en formas visibles de las sedes del Club y anualmente ante la Asamblea
General Ordinaria para su consideración. Texto propuesto: Presentar anualmente la Memoria y Balance al día 31
de diciembre, ante el organismo oficial correspondiente, publicándola en lugares en formas visibles de las sedes
del Club y anualmente ante la Asamblea General Ordinaria para su consideración. Artículo 99º: Texto actual: El
Asamblea Ordinaria se celebrará todos los años, dentro de los ciento veinte días del cierre del ejercicio económico
que operará el treinta de junio. Tendrá por objeto considerar la Memoria, Inventario y Balance que presentará la
Comisión Directiva y pronunciarse sobre el mismo. Texto propuesto: La Asamblea Ordinaria se celebrará todos
los años, dentro de los 120 días del cierre del ejercicio económico que operará el 31 de diciembre de cada año.
Tendrá por objeto considerar la Memoria, Inventario y Balance que presentará la Comisión Directiva y pronunciarse
sobre el ejercicio en consideración. Artículo 100º: Texto actual: En la Asamblea Ordinaria también se considerarán
y resolverán, todos los asuntos de interés general que sean propuestos por la Comisión Directiva o solicitados
antes del día treinta de junio del año de realización, por no menos de trescientos socios aptos para votar, conforme
al artículo 109º. Texto propuesto: En la Asamblea Ordinaria también se considerará y resolverán todos los asuntos
de interés general que sean propuestos por la Comisión Directiva o solicitados antes del día 31 de diciembre del
año de realización, por no menos de trescientos socios aptos para votar conforme al artículo 109º. Aprobación
de la disposición de los dos predios ubicados uno en Bartolomé Mitre 1161 / 1165 /1169 / 1171 y, el otro, en
Cangallo (hoy Tte. Gral. J. D. Perón) 1168 / 1170 /1172 (lotes linderos a la sede Dr. R. C. Aldao donde, en uno de
ellos se encuentra el Garage para socios). Entiéndase por “disposición” indistintamente a: a) la realización de uno
o varios proyectos de construcción sobre un predio o ambos con Empresas Constructoras / Inversores, por el
cual se venda /transfiera el / los terrenos a cambio de una suma dineraria y metros cuadrados resultantes de la
finalización de la obra. El valor dinerario y lo que se reciba en metros cuadrados construidos no podrá ser inferior
al promedio de las 3 cotizaciones obtenidas por cada predio hasta la fecha de la realización de la Asamblea Gral.
Extraordinaria. Estas cotizaciones serán presentadas al socio durante el desarrollo del referido acto asambleario.
b) enajenación de uno y/o los dos predios indicados. El valor de la venta no podrá ser inferior al promedio de las
3 cotizaciones obtenidas por cada predio hasta la fecha de la realización de la Asamblea Gral. Extraordinaria y
que serán presentadas al socio durante el desarrollo del referido acto más los gastos e impuestos inherentes a la
misma, c) la posibilidad de otorgar un predio o ambos como instrumentos de garantía para la constitución de un
fideicomiso que permita recaudar fondos. Como mínimo los fondos a recaudar deberán no ser inferiores al 50% del
promedio de las 3 cotizaciones obtenidas hasta la fecha de la realización de la Asamblea Gral. Extraordinaria y que
serán presentadas al socio durante el desarrollo del referido acto. 4. Aprobación para que el producido dinerario
de la disposición de cualquiera de los predios señalados en el punto anterior, se aplique a los siguientes destinos:
40% debe ser destinado a la reestructuración operativa del Club, entendiéndose como tal la profesionalización de
determinados sectores, la adquisición e implementación de sistemas, y la mejora en el uso de los recursos, 15%
BOLETÍN OFICIAL Nº 34.154 - Segunda Sección 45 Martes 16 de julio de 2019
debe ser destinado a un mejor equipamiento de instalaciones, como así también en mejoras edilicias de las sedes,
45% debe ser destinado como reserva para la cancelación de vencimientos mensuales de deudas fiscales. En este
caso, los fondos respectivos serán mantenidos en una inversión de tipo conservadora a criterio de la Comisión
de Economía y Finanzas del Club, a fin de mantener actualizado el valor de los fondos. Los frutos que pudieran
obtenerse de la colocación del capital, tendrán uno cualquiera de los destinos indicados precedentemente. 5.
Designación en la Asamblea de tres socios que integrarán una Comisión Especial con el único fin de supervisar el
proceso de disposición de los bienes y la utilización de los fondos a los fines aprobados por esta Asamblea. 6. Se
otorgará un plazo de 3 (tres) años a contar desde la fecha de la aprobación de la Asamblea para la formalización
de cualquiera de las operaciones señaladas. Luis M. Trimarco, Presidente. NOTA: Art. 109°: Para asistir y votar en
las Asambleas se requiere cumplir con todas las condiciones del Art. 75° y estar incluido en el padrón. Art. 75°:
Para votar se requiere: a) Tener no menos de 18 años de edad y 3 años de antigüedad continuada e inmediata
como socio al día de la Asamblea; b) No tener deuda alguna con el Club por ningún concepto hasta el último día
del mes precedente inclusive y c) No estar suspendido en los derechos de socio. Art. 108°: Las Asambleas se
celebrarán con los socios que estén presentes media hora después de la fijada en la convocatoria, cuando antes
no se hubiese reunido la mitad más uno de los socios con derecho a voto. Esta convocatoria se hará por medio de
circulares y avisos que se publicarán una vez en el Boletín Oficial y en lugar y formas visibles en todas las Sedes
del Club en forma permanente, con una anticipación no menor a quince días de la fecha de realización del acto.
Art. 104°: En las Asambleas no podrán tratarse asuntos que no se hallen incluidos en el Orden del Día. Art. 106°:
Todas las resoluciones de las Asambleas serán tomadas por mayoría de votos emitidos, salvo los casos que este
Estatuto disponga expresamente mayorías especiales.
Designado según instrumento privado acta comision directiva de fecha 22/10/2018 luis maria trimarco - Presidente
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