N° 50766/19 Aviso del Boletín Oficial
GIRE S.A.
Texto del aviso
GIRE S.A.
Por Asamblea General Extraordinaria de accionistas de fecha 5/07/2019 se resolvió: (i) ampliar el objeto social y
reformar en consecuencia el artículo 4º, el cual quedó redactado del siguiente modo: “ARTÍCULO CUARTO: La
sociedad tendrá por objeto la prestación de servicios relativos a la gestión de cobranzas, pagos, y tramitaciones
de todo tipo de entidades, incluyendo pero sin limitarse a personas físicas, personas jurídicas, públicas o privadas,
la administración pública nacional, provincial y/o municipal y todas sus reparticiones, entidades autárquicas y/o
entidades de cualquier clase, empresas y sociedades públicas, mixtas o privadas, productoras de bienes o
servicios; incluyendo la organización de redes, selección de corresponsales y negociación con los mismos, manejo
de información y fondos, procesamiento, lectura y suministro de información, análisis estadístico, de gestión de
cobros y pagos, control de calidad de los servicios prestados por terceros, la emisión de certificados digitales,
la preparación y la adecuación de dispositivos electrónicos y aparatos de seguridad en general relacionados
con los servicios de gestión y cobranzas y pagos y en general el procesamiento de todo tipo de información
relacionada con las actividades sociales tanto en formato físico como electrónico, la prestación de todos aquellos
servicios conexos con la emisión y entrega de facturas por cualquier medio y servicios de almacenamiento de
documentación contable y facturas comerciales, en soportes físicos y/o digitales, la administración de redes de
agencias complementarias de servicios financieros, y, en general, la organización, logística y tramitación de todos
los procesos y gestiones comprendidos en el objeto social. En el desarrollo de la actividad prevista en el objeto
social la Sociedad velará por la generación de un impacto social positivo para la sociedad, las personas vinculadas
a ésta y el medioambiente. Asimismo, a fin de organizar su objeto social la Sociedad tendrá plena capacidad
para adquirir derechos y contraer obligaciones pudiendo realizar todos aquellos actos jurídicos que resulten
necesarios a tal efecto”; y (ii) reformar el artículo vigésimo sexto del estatuto en relación con las facultades de los
administradores. Autorizado según instrumento privado Acta de Asamblea de fecha 05/07/2019
Maria Amparo Cangueiro - T°: 131 F°: 170 C.P.A.C.F.
e. 16/07/2019 N° 50766/19 v. 16/07/2019