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N° 49387/19 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 38

Edictos Judiciales martes, 16 de julio de 2019

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 38

SECRETARÍA NRO. 132

En el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Nº 38, Secretaría Nº 132, en el marco de la causa

Nº 41.785/2018, seguida contra Gladys Esther Achucarro, por el delito de lesiones agravadas, se ha dictado la

siguiente resolución: “///nos Aires, 10 de julio de 2019. I. Por recibido, agréguense y téngase presente el resultado

de las sucesivas diligencias que, pese al empeño desarrollado, revelan la imposibilidad de dar hasta el momento

con el imputado Gladis Esther Achucarro, para notificarla de su convocatoria a prestar declaración indagatoria

en los términos del artículo 294 del C.P.P.N. (ver fs. 30, 35 y 51). II. No habiendo podido obtener dato alguno

acerca de la actual ubicación de la imputada Achucarro, corresponde disponer la averiguación de su paradero y

posterior notificación del requerimiento del tribunal a su respecto -artículo 294 del C.P.P.N. (ver fs. 84 y 88), por

cuanto no obran constancias del conocimiento de la existencia de la presente causa y, por ende, mal pueden

tenerse por reunidos los extremos del artículo 282 del C.P.P.N. En este sentido, corresponde citar a Gladys Esther

Achucarro mediante edictos, los que deberán publicarse en el Boletín Oficial por el término de 5 días, a efectos

de dar cumplimiento con la declaración ordenada en autos. Asimismo, en virtud de lo expuesto, considero que

corresponde librar oficio al Sr. Jefe de la Policía Federal Argentina para que, habida que sea la imputada, se le

notifique de la existencia de la presente causa y del llamado a indagatoria, debiendo presentarse dentro del tercer

día bajo apercibimiento, en caso de inasistencia injustificada, de declararla en rebeldía y ordenar su captura, pues

estando fehacientemente notificada su renuencia a comparecer no descansará ya en la ignorancia del proceso o

de la citación cursada, sino en la inequívoca intención de sustraerse a la acción de la justicia...” Fdo.: P.R.S. Alberto

J. Baños, Juez Nacional Criminal y Correccional. Ante mí: Federico N. Romero, Secretario. PRS Alberto J. Baños

Juez - Federico N. Romero Secretario

e. 12/07/2019 N° 49387/19 v. 18/07/2019