N° 50784/19 Aviso del Boletín Oficial
PH EMPRENDIMIENTOS S.R.L.
Texto del aviso
PH EMPRENDIMIENTOS S.R.L.
Escritura N° 134 del 15/5/19. Socios: Mamerto Ortiz, argentino, 11/5/42, DNI: 7.289.585, soltero, comerciante,
Av. Eva Peron 3453 CABA; y Pablo Hernán Visiconde, argentino, 2/2/78, DNI: 26.403.902, soltero, comerciante,
Oncativo 435 Ramos Mejía, La Matanza, Pcía. de Buenos Aires. Denominación: “PH EMPRENDIMIENTOS S.R.L.”.
Duración: 99 años. Capital: $ 2.000.000.- Objeto: Construcción y venta de edificios por el régimen de propiedad
horizontal, y en general, la construcción y compraventa de todo tipo de inmuebles. Como actividad secundaria,
la sociedad podrá dedicarse a negocios relacionados con la construcción de todo tipo de obras, públicas o
privadas, sea a través de contrataciones directas o de licitaciones, para la construcción de viviendas, puentes,
caminos y cualquier otro trabajo del ramo de la ingeniería o arquitectura; asimismo, corresponde al objeto social
la intermediación en la compraventa, administración y explotación de bienes inmuebles propios o de terceros y de
mandatos. Las actividades que lo requieran serán ejercidas por profesionales con título habilitante. La sociedad
podrá realizar la financiación de las operaciones sociales obrando como acreedor prendario en los términos de
la Ley 12.962 y realizar todas las operaciones necesarias de carácter financiero permitidas por la legislación
vigente, siempre con dinero propio. No realizará las comprendidas en la Ley 21.526 o cualquier otra que se dicte
en lo sucesivo en su reemplazo o requiera la intermediación con el ahorro público. Administración: será ejercida
por el socio Mamerto Ortiz, con domicilio especial en Martinez Rosas 1081 C.A.B.A.; quien actuará con el cargo
de gerente por todo el tiempo de duración de la sociedad. Cierre de Ejercicio: 31/12. Sede Social: Martínez Rosas
1081 C.A.B.A.- Autorizado según instrumento público Esc. Nº 134 de fecha 15/05/2019 Reg. Nº 58
Fabiana Karina Eustasi - Habilitado D.N.R.O. N° 11453
e. 16/07/2019 N° 50784/19 v. 16/07/2019