N° 51626/19 Aviso del Boletín Oficial
COMPAÑÍA CONSTRUCTORA Y SERVICIOS EXCON S.A.
Texto del aviso
COMPAÑÍA CONSTRUCTORA Y SERVICIOS EXCON S.A.
Por Asamblea General Extraordinaria Autoconvocada Unánime N° 6 del 01/07/2019 se resolvió modificar el Artículo
Tercero del Estatuto Social (Objeto), el cual queda redactado del siguiente modo: “ARTÍCULO TERCERO. Objeto.-
La Sociedad tiene por objeto realizar en forma individual, asociada o a través de terceros, las siguientes actividades:
CONSTRUCTORA: Contratación, proyección, ejecución, dirección, administración y financiamiento para la
construcción, diseño, cálculo estructural y dimensional de todo tipo de obras, públicas y privadas, incluyendo
la realización de plantas y obras de infraestructura, hidráulicas, viales, o eléctricas, mineras o que coadyuven a
la actividad minera comprendidas en la Ley 24.196 y todas sus normas complementarias, portuarias, fluviales,
ferroviarias, sanitarias, urbanizaciones, pistas y hangares, saneamientos, pavimentación, señalización, iluminación
y parquización, silos, viviendas, talleres, puentes, plantas industriales, redes troncales y de distribución, redes
de gas, gasoductos, oleoductos y usinas públicas o privadas, ya sea a través de contrataciones directas o de
licitaciones, concursos u otros procedimientos de selección, públicos o privados, transporte y acopio de material
de elaboración propia o ajena.- MINERA: Explotación y operación de canteras, minas y toda clase de yacimientos
incluyendo pero no limitado a las operaciones de prospección, exploración, explotación, desarrollo, preparación y
extracción de sustancias minerales comprendidas en el Código de Minería y en la Ley 24.196 incluidos los procesos de
BOLETÍN OFICIAL Nº 34.156 - Segunda Sección 8 Jueves 18 de julio de 2019
trituración, molienda, beneficio, pelletización, sinterización, briqueteo, elaboración primaria, calcinación, fundición,
refinación, aserrado, tallado, pulido y lustrado, y la comercialización de sus productos y derivados.- INVERSORA
Y FINANCIERA: Aporte e inversión de capitales en empresas constituidas o a constituirse; participación en otras
sociedades por acciones, y adquisición, enajenación o transferencia de títulos, acciones, debentures, facturas,
remitos y valores mobiliarios en general, nacionales y extranjeros, títulos, bonos y papeles de crédito de cualquier
tipo o modalidad, creados o a crearse en los términos del artículo 31, primer párrafo de la Ley 19.550; tomar y
prestar dinero, con o sin interés, con o sin garantía real; emisión de debentures, obligaciones negociables, papeles
de comercio y bonos; otorgamiento de avales y garantías; todo ello con exclusión de las actividades comprendidas
en la ley de entidades financieras o que requieran el concurso del ahorro público.- A tales fines, la Sociedad tiene
plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos
por las leyes y por este Estatuto.- ” Autorizado según instrumento privado Asamblea de fecha 01/07/2019
Julieta Lopez Ayechu - T°: 130 F°: 745 C.P.A.C.F.
e. 18/07/2019 N° 51626/19 v. 18/07/2019