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N° 51439/19 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 11

Edictos Judiciales REMATES JUDICIALES jueves, 18 de julio de 2019

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 11

SECRETARÍA NRO. 22

El Juz. Nac. de 1° inst. en lo Comercial N° 11, Secretaría N ° 22, sito en Callao 635, Piso 5°. C.A.B.A., comunica

por dos (2) días que en los autos caratulados “VINDVER, ALEJANDRO MARTIN S/QUIEBRA Expte. Nro.: 7711/14,

que el martillero Eduardo H. Marty, (CUIT 20-18118440-0) rematará el día 16/08/2019 a las 11:30 hs., en el salón

de ventas sito en la calle Jean Jaures 545 C.A.B.A., AD CORPUS el rodado marca Renault, modelo Kangoo RL

Die AA S/ABCP 2PL dominio EXF 724, cuyos demás datos lucen en el informe de dominio agregado -en copia- a

fs. 541/550. Según constatación Se trata de un vehículo utilitario marca Renault modelo Kangoo año 2005 color

verde metalizado con significativas manifestaciones de reparaciones por golpes en su casco (puertas y parte

trasera izquierda) hay averías en plásticos y ópticas traseras y su estado interior responde a la exposición a la

intemperie con signos de deterioro por humedad y suciedad. Los neumáticos se encuentran vulcanizados por

vetustez y deformados por la baja presión. El estado general es regular con faltantes en el cofre de motor. BASE

DE VENTA: $ 40.000 .Condiciones de venta: Al contado, en dinero efectivo y al mejor postor. Seña: 30% Comisión

10% y arancel de subasta Acordada 10/99 y 24/00 CSJN: 0,25%, El saldo de precio, deberá abonarse según lo

que aconseje el martillero, y bajo apercibimiento de la declaración de postor remiso en caso de incumplimiento

(art. 584 Cód. Proc.). El bien se rematará en el estado en que se encuentra, señalándose que habiéndoselo

exhibido adecuadamente, no se admitirán reclamos de ningún tipo respecto del estado, medidas, condiciones,

características, usos, marcas, modelos, numeraciones y series. El IVA que corresponda se cobrará al margen

del precio de venta según la condición fiscal del adquirente -que deberá aportar los elementos acreditantes de

la misma-. se excluya la posibilidad de la compra en comisión y de la cesión del boleto de compraventa. En caso

de adeudarse tasas, patentes y multas, los que correspondan al período anterior al decreto falencial deberán ser

objeto de petición verificatoria; los impuestos inherentes al período comprendido entre la declaración de quiebra

y las fechas de entrega de posesión serán reconocidos como acreencias del concurso y serán solventados

con la preferencia que corresponda, de conformidad con lo establecido en el punto 13; y, los devengados con

posterioridad a la toma de posesión, o, en su defecto, cumplidos los treinta días fijados en el punto 13, estarán a

cargo de los adquirentes. La posesión y el acto traslativo de dominio del inmueble deberá cumplirse dentro de los

treinta días siguientes de acreditada la efectivización del saldo de precio. EXHIBICIÓN: los días 13 y 14 de Agosto

de 2019 de 12 a 14 hs. PLAYA ESPORA sito en la calle Ferré 2880, casi esquina San Pedrito, (Villa Soldati) CABA.

Buenos Aires, a los 17 días del mes de julio de 2019. Fernando I. Saravia Juez - Juan Patricio Zemme Secretario

e. 18/07/2019 N° 51439/19 v. 19/07/2019