N° 51823/19 Aviso del Boletín Oficial
PAMPA COGENERACIÓN S.A.
Texto del aviso
PAMPA COGENERACIÓN S.A.
Comunica que por Asamblea General Extraordinaria del 18/06/19 decidió aumentar el capital por fuera del quíntuplo
en $ 10.346.141.000, es decir de $ 100.000 a $ 10.346.241.000, reformándose el artículo 4° del Estatuto Social.
Asimismo, se modificó el objeto social, reformando en consecuencia el artículo 3° del Estatuto Social, el cual quedó
redactado de la siguiente manera: “ARTÍCULO TERCERO: Objeto: La Sociedad tiene por objeto llevar a cabo por
sí, por intermedio de terceros o asociada a terceros, en el país o en el extranjero, las siguientes actividades: (a)
Industriales: Explotación u operación de centrales térmicas, hidroeléctricas o de cualquier otra fuente, propia
o de terceros, para la generación y producción de energía eléctrica y su comercialización, a cuyo efecto podrá
realizar cualquier otra operación complementaria de su actividad industrial y comercial o que resulte necesaria
para facilitar la consecución de su objeto; (b) Importación y Exportación: Materias primas y todo tipo de bienes,
productos derivados y maquinarias relacionadas con el objeto social; (c) Servicios: Prestación y provisión de
servicios de asistencia, mantenimiento, operación, administración y asesoramiento de personas físicas o jurídicas
que se dediquen a la producción, transporte, transformación, distribución y comercialización de energía eléctrica
o derivados de la electricidad y sus aplicaciones, así como de las materias o energías primarias necesarias para
su generación, convencionales y renovables, y toda otra fuente que se desarrolle en el futuro; y (d) Inversión:
Actividades de inversión en emprendimientos y en sociedades de cualquier naturaleza, de acuerdo con los límites
fijados por la leyes y reglamentaciones vigentes y con sujeción a las mismas; podrá constituir o participar en la
constitución de sociedades o adquirir y mantener participaciones accionarias en sociedades existentes o a crearse
en la República Argentina o en el Exterior, participar en uniones transitorias, en agrupaciones de colaboración, joint
ventures, consorcios. La Sociedad puede también con fines de inversión adquirir, desarrollar y enajenar muebles
e inmuebles de cualquier clase, así como también gravar los mismos y darlos y tomarlos en locación, concesión o
leasing. Para cumplir su objeto la Sociedad podrá realizar toda clase de actos jurídicos y operaciones cualesquiera
sea su carácter legal, incluso financieros, excluida la intermediación, que hagan al objeto de la Sociedad, o estén
relacionados con el mismo dado que, a los fines del cumplimiento de su objeto, la Sociedad tiene plena capacidad
jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer todos los actos que no sean prohibidos por las
leyes o por este Estatuto.” Autorizado según instrumento privado Acta de Asamblea de fecha 18/06/2019
maria agustina montes - T°: 98 F°: 427 C.P.A.C.F.
e. 18/07/2019 N° 51823/19 v. 18/07/2019