N° 52090/19 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 18
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 18
SECRETARÍA NRO. 35
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 18, a cargo de la Dra. VALERIA PEREZ CASADO,
secretaría Nº35 a mi cargo, M. T de Alvear 1840, Piso3°, C.A.B.A., comunica por 2 días en los autos caratulados
“LECCORP MANDATOS Y SERVICIOS SA S/ QUIEBRA S/ INCIDENTE DE VENTA (INMUEBLE EN LA CIUDAD DE
LA PLATA) “ Expte. n° 106983/ 2001, que la Martillero Público Vazquez Sandra Analía, Cuit 27-17883663-9 subastará
el día 22 de agosto de 2019 a las 10hs., en punto, en el salón de calle Jean Jaures 545 de C.A.B.A., el 100% indiviso
del inmueble sito en las calles 32 y calle 152 de la ciudad de La Plata, matricula 145814, Nom. Cat: Circ. III, Secc
B, Mz 84-A, Parc 10. Se trata de un terreno baldío, sin puerta ni portón de acceso, superficie 595.05m2, con frente
de 17 ms sobre la Av. N° 32, ochava de 4.24ms y luego quiebra continuando con 27ms sobre la calle 152(sin abrir).
BASE: $ 625.000, SEÑA: 30%, comisión: 3%, Acordada 24/00 CSJN: 0,25% a cargo del comprador. El saldo de
precio deberá ser integrado dentro del quinto día de aprobado el remate, bajo apercibimiento de lo dispuesto por
el art. 580 C.P.C.C. Para el caso de que el adquirente fuere quien planteare la nulidad de la subasta, deberá integrar
el saldo de precio a las resultas de su planteo nulificatorio. No se aceptará la compra “en comisión” ni la cesión
del boleto. Las deudas por impuestos, tasas, contribuciones, servicios de obras sanitarias etc. serán asumidas,
a saber: a) los importes devengados hasta la declaración de la quiebra, los organismos acreedores respectivos
deberán efectuar el correspondiente pedido de verificación, b) los devengados a partir de la quiebra, deberán
ser soportados por la masa de acreedores y c) los posteriores a la fecha de toma de posesión del inmueble, a
BOLETÍN OFICIAL Nº 34.157 - Segunda Sección 73 Viernes 19 de julio de 2019
cargo del comprador. El impuesto de sellos deberá ser soportado por el comprador en subasta y será retenido
por el escribano que otorgue la escritura traslativa de dominio. Asimismo, correrán por cuenta del adquirente los
gastos de transferencia del dominio (arts. 586 y 587 C.C.P.C.), así como la remoción de cualquier impedimento que
obstaculice la escrituración. Los compradores del inmueble deberán materializar la traslación del dominio a su
favor en un plazo no mayor a los treinta 30 días bajo apercibimiento de aplicarles astreintes. Fíjase el día 21.08.2019
a las 10.30 horas para la recepción de las ofertas correspondientes haciéndose saber que se procederá a la
apertura de las mismas a las 12:00 del mismo día, las que deberán reunir los requisitos del art. 162 del Reglamento
del Fuero. Exhibición el 16 y 19 de agosto de 11:30 a 13hs. Buenos Aires, a los 18 días del mes de JULIO de 2019
VALERIA PEREZ CASADO Juez - SANTIAGO BLAS DOYNEL SECRETARIO
e. 19/07/2019 N° 52090/19 v. 22/07/2019