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N° 52712/19 Aviso del Boletín Oficial

CREDITOS AL RIO S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS lunes, 22 de julio de 2019

Texto del aviso

CREDITOS AL RIO S.A.

Por asamblea del 12/4/19 reformó el artículo 3 del estatuto, quedando su objeto así: I) desarrollar y prestar servicios

financieros mediante el otorgamiento de préstamos a personas humanas y/o jurídicas, con o sin garantías de

cualquier tipo, para ser destinados al consumo, financiación de actividades u operaciones y/o cualquier clase de

negocios; II) prestación de servicios de estudio, análisis y asesoramiento de empresas, instituciones, fundaciones,

fondos comunes de inversión y organizaciones nacionales o extranjeras, en la administración, estrategia, economía,

finanzas o evaluación de proyectos y/o inversiones; y/o III) participar en empresas de cualquier naturaleza, mediante

la creación de sociedades, uniones transitorias, agrupaciones de colaboración, consorcios de cooperación,

realización de aportes de capital en sociedades ya existentes y/o compra venta de títulos, acciones, cuotas y

toda clase de valores mobiliarios y papeles de crédito en cualquiera de los sistemas o modalidades creados o a

crearse. A tal fin podrá otorgar créditos personales, a corto o largo plazo, pagaderos en cuotas, destinados a la

adquisición de bienes de uso o de consumo corriente, con cualquiera de las garantías previstas en la legislación

vigente, o sin ellas, suscribir todo tipo de convenios vinculados de manera directa o indirecta con su objeto social,

prestar servicios y/o ejercer o desempeñar representaciones, comisiones consignaciones, servicios y/o mandatos

para sí o a favor de terceros, siempre dentro de las actividades permitidas según el objeto social descripto. Podrá

adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer toda clase de actos que no sean prohibidos por las leyes o

por este estatuto, quedando expresamente excluidas de su objeto cualquier operación por la cual se requiera

dinero o valores al público con promesa de prestaciones o beneficios futuros y cualquier operación reservada a

entidades financieras conforme lo dispuesto en la Ley de Entidades Financieras Nº 21526, sus modificatorias y

complementarias y/o toda otra operación que requiera la previa autorización del estado. Las tareas que requieran

título habilitante la sociedad los realizara a través de los profesionales respectivos. La sociedad podrá ejecutarlos

por cuenta de terceros, asociada a tercero o para sí misma. Participación en la comercialización de bienes y servicios

incluyendo seguros, por cuenta propia, de terceros, asociada a terceros o como intermediarios. TARJETAS DE

CRÉDITO Y/O COMPRA Y/O PREPAGAS Y SIMILARES: crear, desarrollar, organizar, dirigir, administrar, explorar

y operar sistemas de tarjetas de crédito y/o compra y/o prepagas y/o sistema de tickets de compra; actuar como

sociedad emisora y pagadora de dichos tipos de tarjetas; atender con recursos propios y/o de terceros sus saldos

financiables. Para el mejor cumplimiento de su objeto social la Sociedad tendrá plena capacidad jurídica para

adquirir derechos, contraer obligaciones y realizar toda clase de actos jurídicos que hagan a su objeto y que

no estén expresamente prohibidos por las leyes o por estos Estatutos, incluyendo la posibilidad de establecer

servicios de atención al cliente y/o cobranza judicial y extrajudicial y/o plataformas tecnológicas que permitan

implementar o dar apoyo a sus actividades financieras. Autorizado según instrumento privado Asamblea de fecha

12/04/2019

paula soledad Casuscelli - T°: 121 F°: 83 C.P.A.C.F.

e. 22/07/2019 N° 52712/19 v. 22/07/2019