N° 54386/19 Aviso del Boletín Oficial
ABENGOA PERU S.A.
Texto del aviso
ABENGOA PERU S.A.
Por resolución de fecha 20 de junio de 2019, se resolvió abrir una sucursal de la sociedad en la república Argentina,
sede en Av. Paseo Colón 728, Piso 10, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, no se le asignó capital. El representante
legal designado por tiempo indeterminado es Omar A. Ramírez, argentino, nacido el 29/06/1960, casado, ingeniero,
DNI 13.758.452, con domicilio real en Setiembre 100, UF 118, Barrio la Barra Village, Escobar, Buenos Aires y
domicilio especial Av. Paseo Colón 728, Piso 10 728 CABA, CUIT 20-13758452-3. La sociedad en su país de
origen, se constituyó mediante escritura pública, el 28/03/96, inscripta el 12/04/96 en la ficha Nº 126982 del
Registro Mercantil de Lima. Denominación: ABENGOA PERÚ SOCIEDAD ANOMINA. Sede social: Av. Canaval y
Moreira 562, San Isidro, Lima. Accionista: ABEINSA INVERSIONES LATAM S.L Abeinsa y IGNACIO MARIA BAENA
BLAZQUEZ Plazo de duración: indefinido. Capital social: 424.120.733 soles, representados por 424.120.733
acciones nominativas de valor nominal 1 sol cada una y estarán representadas por títulos desglosados de un libro
talonario. El ejercicio cierra el 31.12. Gerente General: Ignacio María Baena Blazquez, DNI 45712783, inscripto en la
partida 00381616 del Registro de Personas Jurídicas de Lima. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto dedicarse al
desarrollo de actividades de transmisión de energía eléctrica, operación y mantenimiento de redes de transmisión
de electricidad, telecomunicaciones, transmisión de datos, y la expansión de la red nacional de interconexión
eléctrica, la prestación de servicios técnicos y de consultoría de dichas áreas y en materia de ingeniería en
general, así como toda actividad relacionada con estas y/o que coadyuve a realizar los fines de la sociedad,
pudiendo realizar sus operaciones por cuenta propia o ajena o asociada, ya sea en el país y/o en el extranjero, y
contratar todo tipo d emano de obra, comprar insumos, alquilar equipos, y en general, toda actividad necesaria
para el desarrollo de su objeto social. Para ello, la sociedad queda facultada para celebrar contratos, incluidos los
contratos de concesión derivados de proceso de promoción de la inversión llevados a cabo por el estado, ya sea al
amparo del tuo aprobado por decreto supremo Nº 059-96-PCM o cualquier otra norma, así como los contratos de
estabilidad jurídica o tributaria, garantía del estado, o contrato de inversión o de cualquier naturaleza con el estado
u órgano u organismo del sector público, empresas estatales de derecho privado, gobiernos regionales o locales,
y con toda clase de personas de derechos privado. De otro lado, constituye objeto social de la sociedad dedicarse
a proyectar, diseñar, ejecutar, contratar y/o subcontratar obras de ingeniería vinculadas a proyectos telefónicos
BOLETÍN OFICIAL Nº 34.162 - Segunda Sección 34 Viernes 26 de julio de 2019
y de comunicaciones en general, así como obras de ingeniería civiles, eléctricas y mecánicas; el suministro y/o
provisión de bienes, participar en el capital de otras sociedades o empresas; comprar vender y exportar bienes
muebles, así como ejercer en el Perú la representación de empresas domiciliadas en el exterior; y prestar servicios
complementarios en las actividades y/o mantenimiento para todo tipo de empresa de servicio público, como
puede ser saneamiento, alcantarillado, servicio de agua potable, electricidad, telefonía, así como otras industrias
y servicios en general. Asimismo para desarrollar lo anterior, la sociedad queda facultada a promover, organizar y
administrar toda clase de sociedades; adquirir o participar en el capital o patrimonio de otras sociedades; tomando
parte de su constitución o adquiriendo acciones o participaciones en las ya constituidas, así como enajenar o
transferir bajo cualquier título tales acciones o participaciones, proporcionar servicios gerenciales y de asesoría,
consultoría, logística, asistencia técnica en materia administrativa, de promoción comercial, industrial, contable,
mercantil, legal o financiera a favor de cualquier personas natural o jurídica, obtener financiamiento para el logro de
sus fines sociales y otorgar créditos en relación a las operaciones que desarrolla. En general, para desarrollar su
objeto social, la sociedad podrá realizar todo tipo de actos y celebrar todos los contratos civiles, mercantiles y de
cualquier otra índole que se requiriesen para la consecución de sus fines o que acuerde su directorio, ya sea en el
Perú como en el extranjero, estando autorizado a llevar a cabo actividades de interconexión eléctrica internacional
y de comunicaciones, sin más limitaciones que las establecidas en la ley.
Autorizado según instrumento privado Resolución Directorio de fecha 20/06/2019
Ana Llorente - T°: 72 F°: 219 C.P.A.C.F.
e. 26/07/2019 N° 54386/19 v. 26/07/2019