N° 54440/19 Aviso del Boletín Oficial
COLBOER S.A.
Texto del aviso
COLBOER S.A.
Esc. 64.19/7/19, reg. 511.Acta: 12/7/19.Reforma art. 3º.Objeto: 1) Con relación a bienes muebles o inmuebles,
urbanos o rurales: comprar, vender, usufructuar, permutar, explotar, administrar, dar y tomar bienes en comodato,
locación o arrendamiento, gravarlos o tomarlos gravados, sea con hipoteca y/o prenda o darlos en caución o en
cualesquiera otras formas, hacer negocios fiduciarios como sujeto activo o pasivo; dar, otorgar o prestar fianzas
a tercero y/o garantías para la locación o arrendamiento de propiedades inmueble en general, bajo cualesquier
modalidad o formas de captación, sean personales o reales, sobre cosa muebles o inmuebles.Recibir en pago
de créditos, bienes raíces o de cualesquier especies, como igualmente dar y/o prestar garantías hipotecarias,
prendarias o de otra naturaleza; 2) Agencia de Cambio: compra y venta de monedas y billetes extranjeros; compra
de cheque de viajero, que serán vendidos únicamente a las entidades financieras autorizadas para operar en
cambios; compra y venta de oro amonedado y en barras de “buena entrega”;para la atención de estas operaciones
se aplicarán, exclusivamente, las tenencias locales que resulten de transacciones realizadas con clientes de la
sociedad, con entidades financieras autorizadas para operar en cambios y con casas y agencias de cambio; 3)
Agropecuaria: Realizar la prestación de servicios y/o explotación directa por sí o por terceros en establecimientos
rurales, ganaderos, agrícolas, frutícolas, forestales, propiedad de la sociedad o de terceras personas, cría, venta
BOLETÍN OFICIAL Nº 34.162 - Segunda Sección 7 Viernes 26 de julio de 2019
y cruza de ganado, hacienda de todo tipo, explotación de tambos, cultivos, compra, venta y acopio de cereales,
incorporación y recuperación de tierras áridas.Elaboración de productos lácteos o de ganadería, o la ejecución
de otras operaciones y procesos agrícolas y/o ganaderos así como la compra, venta, distribución, importación y
exportación de todas las materias primas derivadas de la explotación agrícola y ganadera. Transporte automotor
de haciendas y/o productos alimenticios; fabricación, industrialización y elaboración de productos y subproductos
de la ganadería, de la alimentación, forestales, madereros, como toda clase de servicios en plantas industriales
propias de terceros en el país, referido a dichas actividades.Faena y comercialización de animales y de productos
y subproductos derivados: industriales, faena de semovientes, incluyendo el trozado y elaboración de carnes,
subproductos y sus derivados.Compraventa, importación y exportación, consignación o permuta de semovientes,
animales, productos cárneos, subproductos y sus derivados. Comercialización de productos agrícolas, fertilizantes,
herbicidas, plaguicidas y agroquímicos, compra, venta, consignación, acopio, distribución, exportación e
importación de cereales, oleaginosas, forrajes, pasturas, alimentos balanceados, semillas, fertilizantes, herbicidas,
plaguicidas, agroquímicos y todo tipo de productos que se relaciones con esta actividad.También podrá actuar
como corredor, comisionista o mandataria de los productos mencionados precedentemente de acuerdo con
las normas que dicte la autoridad competente.Administración, gerenciamiento y dirección técnica y profesional
de los establecimientos rurales agrícolas o ganaderos de todo tipo; 4) Agencia de viaje y turismo: Asimismo la
sociedad podrá dedicarse al negocio del turismo mediante la realización dentro y/o fuera del país, por cuenta
propia y/o de terceros, como principales agentes, representantes y/o comisionistas de transportes marítimos,
aéreos, fluviales y/o terrestres, tanto de pasajeros como equipajes y/o cargas referidas exclusivamente al turismo
y en especial a pasajes, marítimos, aéreos, fluviales y/o terrestres y de agentes en general; ocuparse de todas las
responsabilidades relacionadas directamente o indirectamente con el turismo y afines en el país y en el extranjero;
promover u organizar excursiones de turismo; promover, representar, efectuar reservas y arrendar comodidades
en hoteles, no pudiendo vulnerar el ejercicio de la actividad turística permitida, la legislación y reglamentación que
rige la actividad cambiaria.Toda actividad que así lo requiera será realizada por profesionales con título habilitante
en la materia.Autorizado por Esc. ut supra
Gerson Cesar Gonsales - T°: 124 F°: 881 C.P.A.C.F.
e. 26/07/2019 N° 54440/19 v. 26/07/2019