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N° 50567/19 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 12

Edictos Judiciales REMATES JUDICIALES viernes, 26 de julio de 2019

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 12

SECRETARÍA NRO. 23

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial 12, Sec. 23 a mi cargo, sito en Marcelo T. de Alvear 1840,

PB, C.A.B.A, comunica por un dia que en autos “Volkswagen S.A. de Ahorro para Fines Determinados c/Casal de

Rey Julio Alejandro s/Ejecución Prendaria” Exp. 1401/2016, el martillero Carlos A. Menendez Cuit 20-14626733-6

rematará el 16 de agosto de 2019 a las 11:45 hs. en calle Jean Jaures 545, C.A.B.A., el 100% del automotor de

propiedad de Julio Alejandro Casal, marca Volkswagen tipo sedán cinco puertas, modelo GOL TREND 1.6 GP,

año 2014, Dominio NXQ 408; según pudo corroborarse al momento de la constatación se encuentra equipado con

motor Volkswagen N° CFZN04062, respecto del chasis se deja constancia que -producto de choque sufrido por

el rodado- no resulta legible su numeración. En el estado que se encuentra y exhibe por lo que no se aceptarán

reclamos posteriores. Condiciones de venta: al contado y mejor postor y en dinero en efectivo. Sin Base. En el

acto del remate el comprador deberá abonar el total del precio más el 10% de comisión y el 0,25% por arancel

CSNJ (Acordada 10/99 y 24/00:7). En caso de corresponder el pago de IVA –por la compraventa y/o comisión del

martillero-, deberá ser solventado por el comprador. No se admitirá la compra en comisión ni la cesión del boleto,

ni ninguna otra transferencia de derechos de cualquier índole atinente a tal carácter de comprador en remate. Los

gastos de transferencia y/o escrituración que se irrogaren, así como los de traslado y/o cualquier motivo análogo,

serán a cargo del comprador en remate. Resultará condición inexcusable de cualquier planteo y/o incidente que

se dedujere por los eventuales adquirentes, el previo pago integral (depósito en autos) de las sumas adeudadas

con motivo de la enajenación jurisdiccional, bajo apercibimiento de su desestimación liminar, en cuanto hubiere

lugar por derecho. Exímese a la ejecutante, para el supuesto de resultar adquirente del rodado, de oblar en el acto

del remate las sumas que correspondientes al precio de venta hasta el importe de su acreencia líquida de autos

($ 145.449,88). Tal eximición no se extiende a los rubros: comisión del martillero, impuestos, sellados, tasas y

contribuciones y demás aranceles que debieren oblarse en el acto del remate. Las deudas que hubiere respecto

de patentes impagas, multas y cualquier otro concepto, serán a cargo del comprador. Deuda de patentes al

31/05/19 asciende a $ 46.466,78. No registra deuda por infracciones. Exhibición: 12 y 13 de agosto de 10 a 12 y

de 14 a 16 hs. en depósito Carrefour San Fernando, Ruta Panamericana Ramal Tigre y Ruta 202, primer subsuelo,

San Fernando, Pcia. de Buenos Aires. Buenos Aires, 10 de julio de 2019.

HERNÁN DIEGO PAPA Juez - MARÍA AGUSTINA BOYAJIAN RIVAS SECRETARIA

e. 26/07/2019 N° 50567/19 v. 26/07/2019