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N° 15110/2016 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO CIVIL NRO. 101

Edictos Judiciales REMATES JUDICIALES lunes, 29 de julio de 2019

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO CIVIL NRO. 101

SECRETARÍA ÚNICA

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil Nro. 101, a cargo del Dr. Alejandro C. Verdaguer, Secretaria a

cargo del autorizante, Dr. Alejandro Cappa, sito en Av. de los Inmigrantes 1950, 6º piso, C.A.B.A; 1comunica por

dos días en autos: “SYNGENTA AGRO S.A. C/JAVIER ROSANA REBECA S/EJECUCION HIPOTECARIA.” Expte.

N° 15110/2016, INCIDENTE Nro. 4, que el Martillero Público Carlos Alejandro Menendez (CUIT Nº 20-14626733-

6) rematará el día 12 de agosto de 2019 a las 11:15 horas en la Oficina de Subastas Judiciales sita en la calle

Jean Jaures 545, C.A.B.A., el 100% del inmueble sito en calle Carlos Pellegrini 535 de Oran, provincia de Salta;

Nomenclatura Catastral: Departamento: Oran 16, Sección 6ta. Manzana 111, Parcela 5 b. Matrícula 16771, de

titularidad de Rebeca Rosana Javier, DNI 21.162.354. Al momento de la constatación se verificó que se trata de

un lote desocupado con escombros de una antigüa construcción demolida. Superficie según informe dominio:

400 m2. Base: U$S 63.000.-. Condiciones de Venta: Al contado y mejor postor, todo en dinero efectivo -dólares

estadounidenses-. En el acto del remate deberá abonarse: Seña 30%; Comisión 3%, Arancel 0,25% (Acord. 10/99

CSJN). De acuerdo a lo dispuesto en el Plenario “Servicios Eficientes SA c/Yabra Roberto Isaac s/ejecución

hipotecaria”, no corresponde que el adquirente en subasta judicial afronte las deudas que registra el inmueble

por impuestos, tasas y contribuciones devengadas antes de la toma de posesión, cuando el monto obtenido en

la subasta no alcanza para solventarlas, no resultando aplicable tal criterio respeto de las expensas comunes

para el caso de que el inmueble se halle sujeto al régimen de la ley 13512. No procede la compra en comisión,

BOLETÍN OFICIAL Nº 34.163 - Segunda Sección 90 Lunes 29 de julio de 2019

ni la indisponibilidad de fondos. Quien resulte comprador deberá constituir domicilio legal dentro del radio de la

Capital Federal, bajo apercibimiento de que las sucesivas providencias se le tendrán por notificadas en la forma

y oportunidad previstas en el art 133 del Código Procesal, y depositar el saldo de precio dentro de los cinco

días de aprobado el remate sin intimación previa, en el Banco de la Nación Argentina, Suc. Tribunales y como

pertenecientes a estos autos, bajo apercibimiento de declararlo postor remiso (art. 584 del Cod. Proc.). Deudas:

Impuesto inmobiliario-tasas alumbrado, barrido y limpieza (Municipalidad Oran –fs. 38/44-) $ 5.322,07 al 10/05/19;

Aguas del Norte: no contestó oficio de informes por deudas (fs. 47). Exhibición: 8/8/19 de 14 a 17 hs y 9/8/19 de 10

a 13 hs. Buenos Aires, 18 de julio de 2019. alejandro verdaguer Juez - alejandro cappa secretario

e. 26/07/2019 N° 52191/19 v. 29/07/2019