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N° 55712/19 Aviso del Boletín Oficial

MAXIROQ S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS jueves, 1 de agosto de 2019

Texto del aviso

MAXIROQ S.A.

Por Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria del 22/04/2019 se dispuso: 1. MODIFICAR el objeto social,

reformando el ARTICULO 4° de la siguiente forma: La sociedad tiene por objeto, dedicarse por cuenta propia o de

terceros, o asociada a terceros, de existencia real o jurídica; en el territorio de la República Argentina o en el

extranjero, a las siguientes actividades: a) TEXTILES: la fabricación, compra, comercialización en cualquiera de

sus fases, importación, exportación y venta al mayor y al detalle de toda clase de materias primas, textiles, hilados,

telas, tejidos y productos acabados de vestir y del hogar así como de cualesquiera otros productos complementarios

de los anteriores, incluidos los de cosmética y marroquinería y/o todo aquellos instrumentos y/o artículos necesarios

a los efectos de ser utilizados en la industria textil. Las ventas podrás ser por mayor o por menor y podrá desarrollar

cualquier otra actividad que se relacione directa o indirectamente con el rubro mencionado. b) COMERCIALES:

Podrá comprar y vender todos los productos de ferretería y corralón tales como materiales, herramientas,

maquinarias, sanitarios, aberturas, pinturas, elementos para construcción, materias primas, productos terminados

y/o todos aquellos instrumentos y/o artículos necesarios a los efectos de ser utilizados en construcciones tanto

urbanas como rurales, construir, arrendar y/o explotar las ventas que podrán ser por mayor o menor y podrá

desarrollar cualquier otra actividad que se relacione directa o indirectamente con los rubros mencionados.

Prestación de servicios de mantenimiento y postventa en general de los productos comercializados. Operaciones

de comercio exterior de los productos y/o servicios detallados precedentemente. Podrá licitar, presentarse en

concursos de precios del orden municipal, provincial, nacional e internacional, contratar leasing como dadores y/o

tomadores. También podrá realizar toda clase de operaciones de comercio exterior en cuanto exportaciones y/o

importaciones, compra, venta, reventa, permuta, cesión, comisión, registro, arrendamiento, leasing, renting,

exportación e importación, representación, concesión, distribución, consignación, suministro, promoción,

publicidad y explotación y distribución de bienes y servicios vinculados a las actividades mencionadas

anteriormente; comercialización de las producciones de la sociedad en todas sus etapas, tanto en el país como en

el exterior. c) AGROPECUARIAS: Podrá llevar a cabo la explotación y/o administración de establecimientos

dedicados a la agricultura, ganadería, forestación, recuperación de tierras áridas y anegadas, fruticultura, criaderos

de aves de cualquier tipo permitido por las normativas vigentes en el momento que se desarrolle la tarea, criaderos

de cerdos, cría y engorde de ganado bovino, porcino, equino y ovino y/o caprino. Explotación de otros

establecimientos agrarios sea en forma directa o indirecta en campos propios y/o ajenos. A tal efecto la sociedad

tiene plena capacidad para adquirir derechos y contraer obligaciones, ejercer actos que no sean prohibidos por

las leyes o este estatuto. Podrá realizar explotaciones forestales y/o administrar bosques, forestación de tierras,

instalación y explotación de aserraderos, viveros e industrialización en general de la madera, plantar árboles,

arbustos y plantas en general para su venta, y de los productos derivados de cultivos permanentes y estacionarios

incluyéndose entre ellos a la vitivinicultura, fruticultura, olivicultura, horticultura, selvicultura, ganadería, avicultura,

floricultura y las industriales de comercialización de que ellas se deriven, tales como aserraderos, viveros, bodegas,

destilerías de alcohol, fabricación de aceites, hortalizas, frutas ya sea elaborando, fraccionando, distribuyendo o

vendiendo a mayoristas o minoristas pudiendo actuar en negocios derivados, subsidiarios o complementarios de

los anteriores. d) FINANCIERAS: Podrá efectuar concesión de créditos amortizables, tarjeta de crédito y/o compra,

destinados a la adquisición de bienes y al pago de obras o servicios mediante libreta, órdenes, carnets, cupones,

tickets y otros instrumentos de compra utilizables entre sus adherentes. La constitución y transferencias de

hipotecas, prendas y demás derechos reales con especial capacidad para actuar como acreedora prendaria.

Podrá accesoriamente, se relacione o no con su objeto, realizar operaciones mediante aporte de capital o

inversiones a sociedades por acciones constituidas o a constituirse, para negocios realizados o a realizarse, dar o

tomar dinero en préstamo con o sin garantías, otorgar fianzas o avales, constitución o transferencias de hipotecas,

compra, venta y administración de créditos, títulos, debentures y valores mobiliarios con excepción de la

operaciones prohibidas por el Banco central de la República Argentina o leyes específicas que requieran control

público, compra y/o descuentos de cheques, otorgamiento de préstamos en efectivo, diligenciamiento de cobro

de valores por los que pueda percibir comisiones y toda otra operación financiera que no oponga a las leyes

vigentes. f) INMOBILIARIAS: Mediante la inversión en la adquisición para su compra, venta, colonización,

urbanización y/o permuta de bienes inmuebles urbanos, suburbanos, o rurales, para su posterior explotación o

venta, con o sin mejoras; las mejoras; la afectación al régimen de prehorizontalidad y la reglamentación de

propiedad horizontal, y la venta de tierras en lotes o parcelas conforme a sus reglamentaciones respectivas, así

como también mediante la intermediación y el corretaje en operaciones inmobiliarias celebradas por terceros todo

ello con fines lucrativos. g) CONSTRUCCION: Contratación, proyecto, calculo, dirección, administración,

BOLETÍN OFICIAL Nº 34.166 - Segunda Sección 9 Jueves 1 de agosto de 2019

financiación, contralor, ejecución, instalación, construcción, montaje y desmontaje y explotación de obras de

ingeniería y arquitectura; civiles, comerciales, industriales, mecánicas, eléctricas, electromecánicas, hidráulicas,

camineras, de urbanización, sanitarias, gasoductos, estaciones de bombeo e instalaciones urbanas y redes de

distribución de gas, oleoductos y poliductos y las obras relacionadas con la industria de la construcción, sean

públicas o privadas, nacionales o extranjeras. h) INDUSTRIAL: Fabricación, transformación, industrialización,

fraccionamiento, montaje, ensamble, envasamiento y manipulación de materiales relacionados con las actividades

mencionadas. i) MINERO: Exploración, perforación, explotación de yacimientos, minas y canteras, elaboración,

procesamiento, industrialización y comercialización de minerales, materias bituminosas, gaseosas y de sustancias

combustibles. j) MANDATARIA: Ejercer mandatos, comisiones, consignaciones, licencias, diseños industriales,

comprarlos, venderlos y percibir cualquier remuneración por dicha intervención, en el país o en el extranjero. k)

IMPORTACION Y EXPORTACION: De los objetos que se puedan comercializar ya sea para fines propios, o por

encargo de terceros. A los fines del cumplimiento de actividades de carácter técnico, o de servicios, la sociedad

deberá contar con el asesoramiento de profesionales matriculados en las especialidades que correspondan.

Finalmente, la sociedad también podrá efectuar obras de caridad y beneficencia siempre que no afecten

significativamente la explotación y el capital empresario. A tales fines, la sociedad tiene plena capacidad jurídica

para adquirir derechos y contraer obligaciones, inclusive las prescriptas por el articulo N° 375 y concordantes del

Código Civil y Comercial. l) Explotación de los negocios de diseño, fabricación y venta de calzados y marroquinería

en sus distintas versiones y modelos, de cuero en sus distintas variedades, símil cuero, y demás artículos conexos;

la reparación de calzados de todo tipo; la comercialización por compra, venta o trueque de calzados de toda clase,

sean de cuero, plástico, lona o goma; la comercialización por compra, venta o trueque de productos relacionados

con la industria del calzado. Y 2. CAMBIO DE SEDE SOCIAL a la calle Chile 537 piso 4° oficina 19 CABA Autorizado

según instrumento público Esc. Nº 327 de fecha 24/07/2019 Reg. Nº 1744

Alfredo Rafael Parera - Matrícula: 4364 C.E.C.B.A.

e. 01/08/2019 N° 55712/19 v. 01/08/2019