N° 55945/19 Aviso del Boletín Oficial
MARÍA GEMMA S.A. - JALA LA JUANITA S.A. - COMPAÑÍA
Texto del aviso
MARÍA GEMMA S.A. - JALA LA JUANITA S.A. - COMPAÑÍA
AGROPECUARIA LA MEDIA LUNA DE SANTA ROSA S.A.
EDICTO ESCISIÓN-FUSIÓN
Se hace saber por tres días, de conformidad con lo establecido en los arts. 83, inc. 3) y 88, inc. 4) de la Ley 19.550:
a) La asamblea general ordinaria y extraordinaria del 29/07/19 de MARÍA GEMMA S.A. aprobó la escisión-fusión
de MARÍA GEMMA S.A. (Escindente), que se disolverá sin liquidarse para destinar la totalidad de su patrimonio
a la fusión con las sociedades existentes JALA LA JUANITA S.A. (Escisionaria 1) y COMPAÑÍA AGROPECUARIA
LA MEDIA LUNA DE SANTA ROSA S.A. (Escisionaria 2) en una operación combinada de escisión-fusión por
incorporación total, en los términos del art. 182, inc. 2), RG IGJ 7/2015 y arts. 82, 83, 88, LGS.
b) El 23/07/19 se suscribió un Compromiso Previo de Escisión-Fusión de MARÍA GEMMA S.A. con JALA LA
JUANITA S.A., que fue aprobado en reunión de directorio de ambas compañías del mismo día. Los accionistas de
ambas sociedades lo aprobaron en las asambleas celebradas el 29/07/19.
c) El 23/07/19 se suscribió un Compromiso Previo de Escisión-Fusión de MARÍA GEMMA S.A. con COMPAÑÍA
AGROPECUARIA LA MEDIA LUNA DE SANTA ROSA S.A., que fue aprobado en reunión de directorio de ambas
compañías del mismo día. Los accionistas de ambas sociedades lo aprobaron en las asambleas celebradas el
29/07/19;
d) Escindente: MARÍA GEMMA S.A., con domicilio legal en Avda. Gral. Las Heras 1666, Piso 3°, CABA, una sociedad
constituida escritura No. 1141 del 19 de agosto de 1998, pasada por ante el escribano Martín Ramón Arana (h), al
folio 5034 del Registro Notarial 841 de su adscripción, inscripta en la Inspección General de Justicia el 14/10/1998,
bajo el número 11.417 del Libro 3, Tomo de Sociedades por Acciones.
e) Escisionaria 1: JALA LA JUANITA S.A., con domicilio legal en Estanislao Zeballos 2739, piso 2º, Beccar, Partido
de San Isidro, provincia de Buenos Aires, una sociedad constituida el 20/08/2010 por escritura No. 117, pasada por
ante el escribano Diego José María Valentini, notario titular del Registro número 6 de San Isidro, inscripta ante la
Dirección Provincial de Personas Jurídicas de la Provincia de Buenos Aires el 02/09/2010 bajo al folio 56801, en la
Matrícula 100.005 – Legajo 177282 – Resolución DPPJ número 6744;
f) Escisionaria 2: COMPAÑÍA AGROPECUARIA LA MEDIA LUNA DE SANTA ROSA S.A., con domicilio legal en
Avda. Gral. Las Heras 1666, Piso 3°, CABA, una sociedad constituida el 14/11/1985 por escritura número 523
pasada por ante el escribano Alberto H. Hueyo, adscripto al Registro Notarial No. 190 de la Capital Federal,
inscripta ante la Inspección General de Justicia el 31/03/1986 bajo el número 1708, del libro 101, Tomo “A” de
Sociedades Anónimas.
BOLETÍN OFICIAL Nº 34.167 - Segunda Sección 64 Viernes 2 de agosto de 2019
g) Valuación del activo y pasivo al cierre del balance especial de escisión-fusión al 30.04.19, expresados en pesos:
MARÍA GEMMA S.A. (Escindente): ACTIVO: $ 104.721.061,64 PASIVO: $ 67.998.634,43 PN: 36.722.427,21; JALA LA
JUANITA S.A.(Escisionaria 1): ACTIVO: $ 52.360.530,91 PASIVO: $ 33.999.317,30 PN: $ 18.361.213,61; LA MEDIA
LUNA (Escisionaria 2): ACTIVO: $ 52.360.530,73 PASIVO: $ 33.999.317,13 PN $ 18.361.213,60; 3) MARÍA GEMMA
(después de la escisión): ACTIVO: $ 0 PASIVO: $ 0 PN: $ 0.
h) JALA LA JUANITA S.A. aumentó su capital social de $ 10.336.364 a $ 10.965.612, es decir en $ 629.248,
mediante la emisión de 629.248 acciones ordinarias, nominativas no endosables, de $ 1 v/n por acción, con
derecho a un voto cada una, a efectos de emitir las acciones que serán entregadas en canje a los accionistas de
la Escindente, de conformidad con la relación de canje establecida en el Compromiso Previo de Escisión-Fusión.
Se reformó en consecuencia el artículo cuarto del estatuto referido al capital social.
i) COMPAÑÍA AGROPECUARIA LA MEDIA LUNA DE SANTA ROSA S.A. aumentó su capital social de $ 13.334.328
a $ 17.133.464, es decir en $ 3.799.136, mediante la emisión de 3.799.136 acciones ordinarias, nominativas no
endosables, de $ 1 v/n por acción, con derecho a un voto cada una, a efectos de emitir las acciones que serán
entregadas en canje a los accionistas de la Escindente, de conformidad con la relación de canje establecida en
el Compromiso Previo de Escisión-Fusión. Se reformó en consecuencia la cláusula cuarta del estatuto referido al
capital social.
j) Se hace saber a los acreedores que podrán formular sus oposiciones en la sede social de la Escindente, la
Escisionaria 1 o la Escisionaria 2, según corresponda, de Lunes a Viernes de 10 a 18, dentro de los quince días de
la última publicación de este aviso.
Autorizado según instrumento privado asambleas de las tres sociedades de fecha 29/07/2019
Damian Rodriguez Peluffo - T°: 50 F°: 356 C.P.A.C.F.
e. 01/08/2019 N° 55945/19 v. 05/08/2019