N° 58942/19 Aviso del Boletín Oficial
VERISURE ARGENTINA MONITOREO DE ALARMAS S.A.
Texto del aviso
VERISURE ARGENTINA MONITOREO DE ALARMAS S.A.
Se hace saber que por Asamblea Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas del 07/08/2019 se resolvió reformar el
artículo 3° del estatuto social, el cual quedó redactado de la siguiente manera: “ARTÍCULO 3º: La Sociedad tiene por
objeto la prestación de servicios de seguridad privada, monitoreo y vigilancia con medios electrónicos, ópticos y
electro-ópticos, comprendiendo la comercialización, instalación y mantenimiento de equipos, dispositivos y sistema
de seguridad electrónica para la protección de bienes, establecimiento y personas; la explotación de centrales
para la recepción, verificación y trasmisión de señales de alarmas y su comunicación a las Fuerzas Policiales,
BOLETÍN OFICIAL Nº 34.174 - Segunda Sección 9 Martes 13 de agosto de 2019
así como la prestación de servicios de respuesta cuya realización no sea de la competencia de dichas Fuerzas
Policiales; la fabricación, importación, exportación, compraventa, comercialización de todo tipo de sistemas de
alarmas, equipos, dispositivos, y sistemas de seguridad electrónica para la protección de bienes, establecimientos
y personas, cualquiera fuera su tecnología y origen, incluyendo artículos pirotécnicos de generación de humo; y la
planificación y asesoramiento de actividades de seguridad. En el ámbito de la Provincia de Buenos Aires, el giro
comercial de la empresa se ajustará a lo establecido en el artículo 2 Ley 12.297. La sociedad podrá realizar todas
aquellas actividades complementarias y subsidiarias que se vinculen con su objeto social, teniendo para ello plena
capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones y ejercer todos los actos que no sean prohibidos
por las leyes o por este estatuto. Las operaciones que constituyan el objeto social podrán ser realizadas por cuenta
propia, de terceros o en participaciones, en la República Argentina. A tal fin la sociedad tiene plena capacidad
jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y realizar todos los actos que no sean prohibidos por las
leyes”. En consecuencia, se aprobó un texto ordenado del estatuto social. Autorizado según instrumento privado
ACTA DE ASAMBLEA ORDINARIA Y EXTRAORDINARIA de fecha 07/08/2019
Ximena Parellada - T°: 115 F°: 490 C.P.A.C.F.
e. 13/08/2019 N° 58942/19 v. 13/08/2019