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N° 60598/19 Aviso del Boletín Oficial

ACAMICA S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS martes, 20 de agosto de 2019

Texto del aviso

ACAMICA S.A.

Por Reunión de Directorio del 19/6/19 se resolvió aprobar el traslado de la Sede Social de Av. Cabildo 376, piso

11, dto. B, CABA, a la calle Humboldt 1967, piso 1, dto. A, CABA, no requiriéndose por ello reforma del Estatuto

y por Asamblea Extraordinaria del 5/7/19 la reforma del art. 3° del Estatuto Social, quedando redactado de la

siguiente manera: ARTÍCULO TERCERO: OBJETO. La Sociedad tiene por objeto realizar por sí, o por terceros

o asociada a terceros, en el país o en el extranjero, las siguientes actividades: brindar servicios educativos y

relativos a la enseñanza, bajo cualquier modalidad y/o formato. Para el cumplimiento de su objeto, la Sociedad

podrá: (i) desarrollar programas de formación y/o cursos de enseñanza de distinta índole y con distinto alcance;

(ii) desarrollar nuevas metodologías educativas y/o pedagógicas; (iii) brindar consultoría tecnológica y educativa

empresarial; (iv) desarrollar herramientas tecnológicas, software, programas informáticos y similares; (v) auspiciar,

gestionar, organizar, apoyar, convocar y promover debates públicos o privados, conferencias y todo tipo de

participación colectiva que apunten a desarrollar la actividad educativa y de enseñanza; (vi) desarrollar inteligencia

artificial para la enseñanza (vii) establecer relaciones y formalizar acuerdos, convenios, intercambios y toda otra

forma de asociación permitida por la legislación vigente, con entidades similares, instituciones universitarias,

organizaciones, sean estas públicas, privadas o mixtas, nacionales, extranjeras o internacionales, para el mejor

cumplimiento, el estímulo y fomento de la actividad informática; (viii) conceder becas, premios, subvenciones,

menciones honoríficas y cualquier otra forma de ayuda educativa; (ix) iniciar y/o formar parte de las acciones

legales, judiciales y/o extrajudiciales, que resulten o se consideren necesarias; (x) compra, venta, administración,

construcción y explotación de bienes inmuebles, incluso todas las operaciones comprendidas en las leyes y

reglamentos sobre propiedad horizontal en cuento tuvieren relación con la actividad que desarrolla la Sociedad; y

(xi) las facultades enunciadas son meramente ejemplificativas y no limitan las formas de cumplimiento del objeto

de la sociedad. La sociedad tiene plena capacidad de derecho para realizar cualquier acto jurídico en el país o en

el extranjero, realizar toda actividad lícita, adquirir derechos y contraer obligaciones. Autorizado según instrumento

privado Acta de Asamblea de fecha 05/07/2019

Maria Clara Arias - T°: 129 F°: 436 C.P.A.C.F.

e. 20/08/2019 N° 60598/19 v. 20/08/2019